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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 463 dado toda la tierra adentro de ella con la continua asistencia a los ministros de Su Majestad, diese su parecer; el cual dijo: que por las causas que se refieren fue llamado y asistió en la junta que por el año pasado de mil seiscientos y setenta y cinco se celebró por el Ilustrísi- mo y Reverendísimo Señor Maestro Don Fray Antonio González de Acufía, obispo que era de este obispado, con los alcaldes ordinarios de esta ciudad, que en la ocasión la gobernaban por muerte de su úl- timo gobernador D. Francisco de Avila, en la cual concurrieron los dos Cabildos, eclesiástico y secular de esta dicha ciudad y los pre- lados de las religiones de ella, y de un acuerdo, en el particular de las misiones de los religiosos misionarios capuchinos, acordaron ser conveniente en las entradas que hiciesen a los desiertos de los dilata- dos de esta provincia a la reducción de sus indios paganos, fuesen para la seguridad de los religiosos los hombres voluntarios que quisiesen, costeándose su propia costa, y que a los tales, en remuneración de su trabajo, se les diese por diez años de los indios que sacasen, a elección de los Prefectos de dichas misiones, para que les sirviesen en lo que buenamente pudiesen y no más, con obligación de enseñarles las oraciones y demás cosas de nuestra santa ley, sustentarlos, curarlos en sus enfermedades y darles el vestuario necesario, sobre que vela- sen dichos Prefectos y demás religiosos, encargándoles las conciencias, como después de la fundación de la villa de San Carlos, en que tra- bajaron lo bastante por las contradicciones de términos, por señalarles jurisdicción que hubo de componerse de la de las tres ciudades de Valencia, Nirgua y Guanare de su cercanía. Y para las determinaciones del gobierno, vinieron en repetidas ocasiones a esta ciudad los reli- giosos capuchinos y, entre ellos, en estos últimos más de ordinario, siendo prelado de las misiones y antes, el Padre Fray Pablo de Ori- huela, y usando las entradas con la escolta referida, Su Majestad fue servido conceder la libertad del servicio personal a los indios natura- les de esta provincia y los traídos a ella por militares; y, habiéndole cometido al dicho proveedor el que formase la tasa hecha para ello por el gobernador Don Diego de Melo, para que los indios gozasen de la libertad del servicio personal, fue de sentir los de los conver- tidos por los misionarios capuchinos no deberse comprender en ello, porque éstos no eran sacados por militares sino por los mismos re- ligiosos, y con facultad que derogaba el despacho de libertad, con que
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