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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 337 la dicha provincia de Venezuela y a los demás jueces y justicia de ella guarden y cumplan precisa y puntualmente lo contenido en esta mi cédula, que así es mi voluntad. Fecha en Madrid, a veinte y ocho de mayo de mil y seiscientos y setenta y dos años.— Yo, la Reina.— Por mandado de S.M., Don Francisco Fernández de Madrigal. 36 Cédula al obispo de Caracas González de Acuña para que pueda llevar consigo doce religiosos capuchinos para la misión de los Llanos, en atención a que eran muy pocos los que allí había; manda la reina go- bernadora a los de la Casa de Contratación les permitan se embarquen. Madrid, 28 mayo 1672.— Original (AGI, Indiferente general, 287, Registro de cédulas, FF-6, ff. 86.87). La Reina Gobernadora: Presidente y jueces oficiales de la Casa de la Contratación de Sevi- lla: Fray Antonio González, electo obispo de la Iglesia catedral de la ciudad de Santiago de León de Caracas, en la provincia de Venezuela, ha presentado que el rey nuestro señor, que sea en gloria, por su gran piedad envió por ministros y predicadores de la gentilidad de los con- fines de su diócesis algunos religiosos capuchinos y que, siendo muy numerosa y los caminos y montañas trabajosas y dilatadas, y cuatro sólo los religiosos sacerdotes que hoy se hallan en ellas por los llanos que van a parar al Orinoco, necesita de doce religiosos más, y, para hacer la diligencia con sus prelados, procurando sean aquellos en quien concurran las partes de virtud y letras que para tan santo ministerio se requieren, me ha suplicado le conceda licencia para que pase este número, señalándole las provincias que fuese servida, para que de ellas se prevenga y se puedan embarcar en la flota que se está apres- tando para ir a Nueva España; y habiéndose visto que pide para que pueda llevar estos doce religiosos, siendo de las provincias de Casti- lla y Aragón, y os mando que a los doce sujetos que nombrare el Pro- vincial de la Religión de los Capuchinos en esa provincia de Anda- lucía, que es el Comisario de esta misión, como sean de las provin- cias de Castilla y Aragón, y no de otra ninguna, los dejéis pasar a la
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