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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 333 vento de monjas de esta dicha ciudad; el Reverendo Padre Presentan- do Fray Bartolomé Calderón, del Orlen de Predicadores; el Reveren- do Padre Fray Juan Clavijo, presidente del convento de religiosos de nuestro Padre Juan Francisco y trajo por compañero al Reverendo Padre Fray Mateo de Villarroel, Lector de Santa Teología, de la dicha Orden; el Reverendo Padre Fray Gaspar de los Reyes, comendador del convento de religiosos de la Orden de Nuestra Señora de la Mer- ced, Redención de cautivos, y su compañero Fray Baltasar de la Mota; habiéndose visto y leído la petición presentada por el Reverendísimo Padre Fray Pedro de Berja, Prefecto de las misiones de Padres Capu- chinos de esta provincia de Venezuela y Cumaná, su fecha de este di- cho mes, y asimismo lo resuelto en dicha junta que se hizo en 2 de diciembre del año pasado de 1669, en que se manda se haga un pueblo de españoles cercano a la población de los indios, a los cuales se le repartiesen tierras para hacer sus casas y labores, a disposición del Padre Pefecto, que asistiese en dicha población, y que los indios que se redujesen y sacasen de nuevo los religiosos acompañados de los dichos españoles, les sirviesen por diez años, quedando después libres como los que al presente hay, como se contiene en la dicha junta, y lo demás que en ella se refiere: y, reconociendo que los dichos españo- les necesitan de persona que les sirva en el entretanto que hacen las dichas reducciones, todos los dichos señores unánimes y conformes fue- ron de parecer que a los españoles que fueren a hacer las dichas pobla- ciones, se les dé una y dos indias conforme a la familia que tuvieren, para que les sirva, dándoles lo necesario para su sustento, quedando esto a la disposición y arbitrio del Padre Prefecto que al presente es y al que le sucediere en el dicho puesto, para que, pareciéndole con- veniente, se las pueda quitar las que de una vez le hubiere dado y darle otras de nuevo a su arbitrio; todo lo cual se entienda hasta que se hayan hecho algunas reducciones y repartídose los indios de ellas a los dichos españoles, porque en este caso han de cesar los dichos servicios; sobre lo cual se les encarga las conciencias a los dichos Pa- dres Prefecto y demás religiosos, y que sobre todo vayan dando cuen- ta a su señoría el señor gobernador, para que la pueda dar a Su Ma- jestad, del fruto que se espera de las dichas reducciones. Y de este auto y de todos los demás, en esta razón hechos, saque una copia y traslado de ello para remitirlo a Su Majestad en su Real y Supremo Consejo de las Indias, para que, visto por los señores de él, provean y
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