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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 289 vuestra merced para más seguridad de mi conciencia y de mis cuatro o cinco compañeros, y porque no se pierdan tantas almas de españoles, sumergidos en sus vicios y pecados con tan clarísimas ignorancias, que es lástima llorarse con lágrimas de sangre, sin tener de cristianos más que el nombre y la agua del bautismo, en lo demás unas fieras arrojadas y ciegas de las propias pasiones, sin tener otras leyes que las de los apetitos bestiales, codicias y enemistades; de a donde les viene que las predicaciones y confesiones de los Capuchinos les parecen cosas nuevas y que Dios los ha traído para el remedio, con que salen, mediante la divina gracia, del letargo de sus culpas para nueva vida. El soberano Señor nos la dé a todos de su gracia y a vues- tra merced con ella la salud que le deseo. Caracas y diciembre, 2, 1658. De vuestra merced siervo y continuo capellán que su mano besa, Fray Lorenzo de Magallón indigno Capuchino (rubricado). 17 Capitulaciones estipuladas entre el gobernador de Venezuela y D. To- más de Ponte, capitán poblador del pueblo de San Antonio de Choro, de indios guamonteyes, misión de los Capuchinos en los Llanos de Caracas— Caracas, 18 marzo 1659.— Original. (AGI, Santo Domingo, 641). Señor gobernador y capitán general: El capitán Don Tomás de Ponte, vecino de esta ciudad, dice: que, habiendo muerto el capitán Juan de Salas que tenía a su cargo la población, reducción y agrega- ción de los indios guamonteyes y otras naciones en el pueblo y sitio de San Antonio de Choro, jurisdicción de la ciudad de Barquisimeto, y en que han empezado a obrar los Padres Capuchinos que, por orden y mandado del rey nuestro señor, pasaron a esta misión donde asis- ten, vuestra señoría se ha servido de mandarlo tome a su cargo la dicha población y reducción y pacificación para que más bien se con- siga el servicio de Dios nuestro Señor y de Su Majestad, proponién- dole para ella el Muy Reverendo Padre Fray Lorenzo de Magallón, Prefecto de dicha misión, y que capitule aquello que viere más con- veniente para conseguir este fin. Y obedeciendo a V. 5. y continuan- de lo que sus antepasados han hecho en servicio de Su Majestad, así
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