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216 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA dieron dos cédulas, 17 enero y 27 agosto de 1779, prohibiéndole en- viar jueces subdelegados para vender aquellas tierras descubiertas por el P. Gibraltar y que estaban concedidas a perpetuidad a los indios reducidos o que en adelante se redujesen.3° Esa misma avaricia de los terratenientes y señores de Caracas fue causa de no pocos pleitos, co- mo ya dijimos arriba respecto de la villa de San Fernando de Apure. Ni fueron solamente dificultades puestas a la libre actividad y labor de los misioneros. A todo eso se agregaron los falsos y calum- niosos informes suscitados contra ellos y positivas acusaciones sobre el poco fruto conseguido en tantos años de trabajo en pro de la reducción y evangelización de los indios en los Llanos y en las tierras del Meta y Apure. El principal causante de esas acusaciones y falsos informes fue justamente el Intendente general de Caracas D. José de Abalos, quien presentó a D. Julián de Arriaga un extenso alegato que es difícil calificar. El mismo comienza diciendo que desconocía bastantes cosas acerca de estas misiones, con lo que demuestra no tener elementos suficientes para hacer un informe ecuánime y ajustado a la verdad. Por eso, mirando siempre las misiones bajo el punto de vista económico y beneficioso al erario público, llega a afirmar que aquellos pueblos misionales de los Capuchinos no habían reportado ningún beneficio concreto al mismo. Sus palabras y razones giran siem- pre en torno a los beneficios materiales percibidos, con lo que de- muestra no conocer ni el significado ni el alcance de las misiones. Para él no significan nada los indios reducidos, poblados y evangelizados: sólo el utilitarismo, lo que aquéllos habían o no producido en pro de Ja hacienda pública. Por eso llega a la conclusión de que, según él, no merecía la pena de tener allí misioneros y pagarles el subsidio estipulado." No se sabe la finalidad de Abalos al hacer ese informe: desde luego, dado su modo de ser y de pensar, no puede presumirse en él siempre las cosas bajo un punto de vista totalmente materialista y utili- tarista. 30. Contra tales determinaciones protestó más tarde otro Intendente, D. Fran- cisco de Saavedra, Caracas, 5 julio 1786 (¡bid.). La cédula del 17 de enero de 1779 se encuentra también en AGI, Caracas, 399, y en Caracas, 274, hay importantes documentos sobre la línea divisoria y demarcación de los territorios del Meta y el Apure, si pertenecían o no la villa de San Jaime, a Barinas, etc. También hay varios informes del P. Jerónimo de Gibraltar sobre lo mismo.

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