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MISIONDE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 161 El establecimiento de un hospicio que sirviese juntamente de en- fermería, sitio de descanso y de aclimatación para los nuevos misio- neros, venía siendo preocupación de todos de muchos años atrás. El P. Vélez logró en orden a ello otra cédula para que, procediendo junta de gobernador, obispo y Prefecto de la misión, se determinase por éstos el lugar donde debiera erigirse." Otra importante cuestión que el P. Vélez planteó al Consejo de Indias fue la de la entrega de los pueblos misionales San Francisco Javier de Agua de Culebras y Nuestra Señora del Carmen al obispo. Ya el gobernador Martín de Lardizábii trató de exigir esa cesión en 1733; incluso se consiguió una cédula en ese sentido en 1735, pero los misioneros se negaron, alegando que tal documento había sido logrado subrepticiamente. Una vez más en 1745 Zuloaga mandó llevar a efecto la entrega y, después de tener con el Prefecto P. Miguel de Olivares, varios encuentros y cruzado cartas, se acudió al Consejo. Ahora el P. Vélez lograba una moratoria prácticamente por medio de nueva cédula en que el rey pedía al gobernador informase sobre si aún subsistían los inconvenientes para la repetida cesión.39 La realidad fue que no se entregaron por entonces al obispo. 5 .—Efectivamente: ampliando lo anteriormente expuesto, hay que afirmar cómo el rey, ante los informes de Lardizábal de 1733, dio la cédula de 1735 en la que hace referencia a los pueblos que esta- ban en la jurisdicción de San Felipe ci Fuerte: San Francisco Javier y el Carmen, que llevaban ya bastante tiempo como misión viva, para que fuesen entregados a curas seculares de acuerdo con el obispo.' De momento no se dio en ello paso alguno que sepamos. Pero en 1739 las autoridades de San Felipe el Fuerte pidieron al gobernador (29 agosto 1739) que los indios de la misión de Nuestra Señora del Carmen fuesen llevados a la de San Francisco de Agua de Culebras. A tal maniobra salió al paso el Prefecto P. Miguel de Olivares, protes- tando y exponiendo al gobernador que, según varias cédulas que cita, no se podía hacer cambiase pueblo alguno de sitio, aun con pretexto 38. Lleva la misma fecha, 17 febrero 1748 (¡bid.). 39. Está firmada en Buen Retiro, 10 septiembre 1747 (AGI, Santo Domingo, 885, Registro de cédulas, G-47, ff. 199v.-203v.). 40. La cédula dirigida al gobernador va fechada en Madrid, 15 marzo 1735 (Archivo General de la Nación, de Caracas, Misiones, IX, f. 166).

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