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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 145 pueblos de indios ni mulatos, ni mestizos ni blancos por los incon- venientes que de tal estancia se seguían.93 Posteriormente a eso, en 1730, se expidió cédula por la que se mandaba al gobernador hiciese salir 105 españoles, negros, mulatos y mestizos que hubiese en los pueblos de indios o dentro de la legua de tierras que les estaba señalada, pero se agregaba que tal disposición no debía llevarse a efecto con absoluto rigor sino con prudencia y des- pués de mutuo acuerdo entre él y el obispo. 94 Por lo que tales opera- nos admitidos por los misioneros debieron continuar en los pueblos misionales. Para terminar y puesto que no tenemos muchos datos estadísti- cos de los habitantes existentes en ellos, quiero añadir las matrículas que oficialmente se dieron al finalizar 1735, y antes anotar que por cédula de Aranjuez, 22 de mayo de 1735, se mandaba a los virreyes, presidentes de Audiencias y gobernadores diesen cuenta de las misio- nes que en los respectivos territorios hubiese, según otras veces se había dispuesto. En consecuencia, el gobernador de Venezuela Martín de Lardizábal ordenaba se diese cumplimiento a la voluntad del rey y por lo tanto que los tenientes o alcaldes de los distritos donde hu- biese misiones de indios, diesen cuenta de los pueblos, tiempo de su fundación y habitantes (Caracas, 25 de octubre 1735). Así se ejecutó en los últimos meses del citado año, aunque las matrículas no son muy completas; se dieron por este orden: Misión de la Santísima Trinidad que constaba de 23 casas y tenía 48 hombres de armas, más las mujeres y niños que no se contaron. La misión de Nuestra Señora de los Angeles, formada por 30 casas, sólo tenía 41 hombres de armas, sin contar tampoco las mujeres y niños. De la misión de San Francisco Javier de Agua de Culebras se dice varias veces haberse fundado en 93. Solicitud del P. Salvador de Cádiz y disposición del gobernador Portales, Caracas, 2 abril 1728 (Archivo General de la Nación, Misiones, III, ff. 11-13). Los misioneros se apoyaban en una cédula del 5 de diciembre 1689, en la que se ordenaba poner en los pueblos de misión escuela y maestro, y en otra del 5 de agosto de 1702 en la que se disponía que los misioneros procurasen instruir a los indios en la vida política y social. Para atender espiritualmente a estos operarios y otros vecinos españoles próximos, los misioneros pidieron la debida autorización al obispo de Caracas, que fue concedida el 17 de abril de 1728. 94. La cédula está fechada en Sevilla, 10 noviembre 1730 (AGI, Santo Domingo, 881, Registro de cédulas, libro 40, ff. 121-123).

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