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96 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA llevado primero al Consejo de Indias, luego a la Audiencia de Santo Domingo, la que en julio de 1696 dio la razón a los Capuchinos, aun- que ya con anterioridad había dado el rey otra cédula (Buen Retiro, 17 junio 1696) ordenando se cumpliese la que se había dado en 1692 sobre el particular." El hecho es que para abril de 1696 no sólo estaba fundada ya la villa enunciada sino también contaba con suficiente vecindario y hasta con 36 hombres de armas .12 Todavía se suscitó otro pleito posterior- mente sobre las tierras de los pobladores de esta villa, pero el rey zanjó la cuestión por otra de tantas cédulas, prescribiendo quedaran las cosas como estaban y que se observasen las leyes de Indias.53 De ese modo quedaban asegurados los pueblos de indios que ya existían en las proximidades, como el de San Antonio de Araure y San Miguel de Acarigua, y también cuantos pudieran fundarse en las cercanías. 6.—No obstante lo expuesto sobre las entradas a la reducción de indios y lo tajante de las determinaciones de las cédulas en ese parti- cular, todavía se suscitaron dudas sobre su interpretación, lo que mo- tivó asimismo algunas cédulas aclaratorias. Estas se dieron como con- testación a siete puntos propuestos por el P. Ildefonso de Zaragoza en 1695. A esos contestaba el rey primeramente, y luego, concretando lo que debía hacerse con los indios fugitivos y la forma de castigarlos, los dividía en tres clases: aquellos que volviesen voluntariamente, serían recibidos con agrado; los que necesitasen de persuasión para reducirse de nuevo, serían castigados a servir por dos años, tres días a la semana, pero pagándoles el jornal; y cuantos se resistiesen con las armas, se les impondría la pena de servir cuatro años. Así quedaba suavizado lo que se había dispuesto en otra cédula de 1692 sobre esto mismo.` 51. Cfr. Pleito del Cabildo, Justicia y Regimiento de la ciudad de Barquisimeto y los Capuchinos misioneros apostólicos de la provincia de dicha ciudad sobre la fundación y población de la villa de Nuestra Señora del Pilar de Araure (AGI, Escribanía de Cámara, 644). 52. Certificación del P. Ildefonso, 7 abril 1696 (AGI, Santo Domingo, 642). En mayo de dicho año ya se estaba construyendo la iglesia. 53. Cédula fechada en Madrid, 29 marzo 1717 (Archivo General de la Nación, Ayuntamientos, IV, f. 397). 54. Hay dos cédulas similares dirigida una al gobernador y otra al P. Ildefonso sobre lo mismo, Buen Retiro, 17 junio 1696 (AGI, Indiferente general, 2877, Registro de cédulas, FF-11, ff. 89v.-97).
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