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MISION DE LOS CAPUCHINOS EN LOS LLANOS DE CARACAS 77 el servicio personal de los indios, dejándolos en entera libertad."' Apar- te de eso se levantaron acusaciones y calumnias contra los religiosos y contra los soldados y acompañantes en las entradas a la reducción de los indios, sobre todo por los excesos que se decían cometidos en 1682. Por eso el P. Pablo de Orihuela, siendo Prefecto, se creyó en el deber de abrir información sobre ello, en noviembre de 1687, con declaración de testigos presenciales, los que unánimes afirmaron que lo dicho había sido pura invención y calumnia.` A eso se agregó que ese mismo año 1687, por el mes de agosto, se celebró sínodo diocesano por el obispo Baños y Sotomayor. En la primera sesión del mismo se trató de "fide catholica" y se disponía "que los misioneros y ministros apostólicos que entraren en los llanos y otras partes de esta provincia a sacar indios para reducirlos a nuestra santa fe, no lleven en su com- pañía soldados ni gente armada con ningún pretexto". A dicho sínodo y como representante de la misión asistió el P. Gabriel de Sanlúcar, quien se creyó en la obligación de protestar ante el obispo contra tal determinación, alegando se oponía a lo dispuesto por el rey en la cédula del 28 de septiembre de 1676, por la que confirma las orde- nanzas del obispo González de Acuña y permite la entrada de misio- neros a los llanos con escolta de españoles, lo que se había observado desde entonces. El obispo se limitó a contestarle: "Cúmplase lo pro- veído en dicha constitución que es conforme a lo que Su Majestad, que Dios guarde, tiene ordenado por diferentes reales cédulas que hablan sobre esta materia"." 46. Esta cédula se encuentra con otras que en ella se citan, en AGI, Santo Domingo, 875, Registro de cédulas, G-22, ff. 272-274. 47. Estos autos, con la petición del P. Gabriel de Sanlúcar, declaración de testigos, etc., forman un total de 24 folios (AGI, Santo Domingo, 222). La copia aquí existente fue hecha a instancias del P. Ildefonso de Zaragoza encontrándose en Cartagena de las Indias rumbo a España, ci 22 de enero de 1691, como lo hace constar ci notario o escribano al final. 48. Petición del P. Gabriel de Sanlúcar al obispo y contestación de éste el 22 de septiembre de 1687 (AGI, Santo Domingo, 222). Consecuente con eso el obispo, lo hizo constar así en las determina- ciones tomadas (Cfr. Constituciones sinodales del obispado de Venezuela y Santiago de León de Caracas, hechas en la Santa Iglesia Catedral de dicha ciudad de Caracas en el año del Señor de 1687, por el Ilmo. y Rvdrno. Sr. Dr. D. Diego de Baños y Sotomayor, obispo de dicho obispado, aproba- das por la Majestad del señor rey D. Carlos II, año de 1968. . .). Sin

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