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64 FUENTES PARA LA HISTORIA COLONIAL DE VENEZUELA utilidad de dichos indios, que tanto encarga S M. por dicha cédula y otras muchas que tratan de la materia".' El gobernador acató inmediatamente la orden del rey y admitió la petición del P. Berja, ordenando, el 29 de diciembre de dicho año 1677, se fundase con título de San Carlos de Austria el nuevo pueblo, que debía constar de 30 vecinos, propuesto por el mencionado religioso: que se establezca y organice según las ordenanzas de pobla- ciones, "con plaza y cuatro calles que salgan en igualdad de ella con las demás cuadras en medio que las atraviesen y en el sitio que sea de buenos aires y aguas", pero que todo sería sin ayuda de costa ni renta eclesiástica, al menos por ahora. La elección del sitio, señala- miento de tierras de labranza y granjerías así como designación del que sería teniente de justicia, todo lo deja a la conciencia del P. Pre- fecto y religiosos.' Aparte de eso por otra disposición del gobernador dada el 31 de diciembre, es decir, dos días después ele la anterior, mandaba "a los Cabildos, Justicias y Regimientos de la ciudades de esta dicha provincia y demás personas a quienes toca", viesen las cédulas al res- pecto y les diesen cumplimiento.' Una vez conseguidos esos despachos, el P. Berja logró reunir en dos meses 30 vecinos, los que inmediatamente pusieron manos a la obra para disponer el pueblo o villa de San Carlos, de tal modo que en septiembre del siguiente año podía escribir al rey: "Quedan ha- ciendo casas y labores y con brevedad estará el pueblo consumado". Pero añade que el gobernador no había señalado ayuda alguna de cos- ta ni tampoco renta, por lo cual pide se le asigne a aquella iglesia la parte de diezmos que solía señalarse a las demás: que se encargasen los religiosos de la administración de sacramentos a los españoles: que la jurisdicción fijada a San Carlos era muy exigua, mientras que Nirgua, que tenía asimismo 30 vecinos, gozaba de una extensión muy 1. Va inserta en la petición y autos del P. Marcelino de San Vicente (1701), donde constan también las otras peticiones del P. Pedro de Berja, hechas sobre esto en 1669 y 1672, más las ordenanzas de González de Acuña y varias cédulas. 2. Disposición del gobernador D. Francisco de Alberro, 29 diciembre 1677 (ibid.). 3. Mandato del gobernador, Caracas, 31 diciembre 1677 (¡bid.).

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