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MISION DEL CARONI.—CAPITULO y 93 tades de la jurisdición espiritual, de manera que con su fervor y alta ejemplaridad fomenten el sentimiento religioso y las buenas costum- bres de sus feligreses, librando el ánimo del Obispo de las inquietu- des que n menudo le proporciona la imposibilidad de disponer de clérigos bien edificantes. Para lograr con toda seguridad este intento, garantizándose del modo más eficaz y continuado el fin propuesto, se podría interesar en el asunto al Soberano Pontífice, haciendo que éste, mediante la supre- ma autoridad que ejerce sobre los Institutos Religiosos, sancionare el convenio (IUC yo como Obispo hiciera con el Superior General de los Capuchinos, dando tanibién Su Santidad las facultades canónicas que fueran necesarias, y quedando así más resguardado el pleno cumpli- miento de la apostólica empresa; la cual, por otra parte, según ya tengo averiguado, sería aceptada de buena gana por los mentados Religio- sos (1). Cuanto a mí, estoy convencido de que semejante arreglo sería de suma utilidad para la diócesis que me ha tocado regir. Ello mejora- ría sobremanera las condiciones del servicio espiritual de la misma, asegurándoles buenos Párrocos a tan importantes feligresías; con ello me sería más fácil proveer de buenos rectores a otras Parroquias, que en la enorme extensión de mi Obispado lo reclaman; y teniéndose en cuenta la escasez (le Clero en nuestro país y la penosa lentitud con que aquí se forman los cuadros de sacerdocio, sobre todo para ejer- cerlo en lugares tan destemplados como son muchos de la diócesis de Guayana, no hay peligro de que lleguen en mucho tiempo a faltar co- locaciones para los buenos sacerdotes que la Divina Providencia vaya suscitando. En cambio, la excelente administración de los Capuchi- nos, con todos los elementos de progreso social y cristiano que puedan introducir en sus Parroquias, en favor (le la educación, de la benefi- cencia pública, del trabajo, etc., les dará un empuje de prosperidad que cederá al cabo en provecho de la misma institudTón diocesana; Av ues la mayor importancia (le las (tichas Parroquias llegará a hacer imperiosa la división del actual Obispado de Guayana, cuya jurisdic- ción es verdaderamente desmesurada. Mientras acaricio este proyecto imagino además que su realiza- ción podría ser muy útil al Gobierno Nacional, facilitándole un modo práctico (le atender a la preparación de las Misiones entre los indíge- nas, necesidad que tanto obliga a la República el principio de su inter- vención suprema en los destinos de Venezuela, como aparece de su mensaje al Congreso del año 1909, el Sr. General Juan Vicente Gómez, Presidente electo y Comandante en Jefe del Ejército; necesidad en vis- ta de la cual el Congreso (le 1915 dictó la Ley de "Dos de Junio", que fué reglamentada por, el Ejecutivo en agosto del propio año. (1) Las palabras subrayadas son una alusión a las gestiones ofi- ciosas del P. Visitador con el Sr. Obispo.
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