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MISION DEL CARONI.—CAPITULO IV 69 2' Para la dirección de estas Misiones se propenderá desde luego a 'la erección de un Vicariato Apostólico en aquellas regiones, y a ese efecto se gestionará el nombramiento del Vicariato Apostó- lico ante la Santa Sede, por medio de su actual Representante en és- ta el Excelentísimo señor Enviado Extraordinario (Ion Julio Tonti. 3' Se establece como condición que el Vicariato Apostólico ha de pertenecer a la Orden de los Religiosos Capuchinos españoles, así como también deben ser (le la misma Orden los Misioneros que se destinen a la 'región de 'la Guayana. 4' El Gobierno nacional pagará los gastos (le traslación de los • Misioneros desde Europa hasta los lugares de las Misiones, y fija un sueldo de seiscientos bolívares (Bs. 600) mensuales al Vicario Apos- tólico y Otro de doscientos bolívares (Bs. 200) mensuales a cada uno de los Misioneros, pudiendo estos sueldos reducirse posteriormenle a proporción que lo permitan las circunstancias, por nuevos, acuer- dos del Gobierno con el Vicario Apostólico o Superior (le los Reli- giosos. § Unico. Mientras permanezcan en Caracas los Religiosos Mi- sioneros, sólo tendrán por sueldo cien bolívares (Bs. 100) mensuales cada uno. 5' En la capital de la República podrán residir hasta seis de los Religiosos Misioneros de que habla esta Resolución, bajo un Su- perior que servirá al Vicario Apostólico de medio para sus relacio- nes indispensables con el Gobierno Nacional y con sus Superiores Re- guiares. 6' El Gobierno Nacional contribuirá a la fabricación de las igle- sias que sea necesario erigir para el servicio de las Misiones, y pro- porcionará las herramientas y útiles indispensables para que los Mi- sioneros enseñen artes y oficios a los indígenas, 7' Fíjanse como capitales de estas Misiones en la Guayana las iudades Upata y Tumeremo; y los límites del territorio que ha de comprender el Vicariato Apostólico serán determinados por resolu- ciones posteriores. Comuníquese a quienes corresponda y publíquese.—Por el Eje cutivo Nacional, José R. Núñez". El precedente Decreto, tan beneficioso para las Misiones, no pasó (le simple proyecto, pues lo juzgaron demasiado cos- toso, acordando que fueran dos religiosos a explorar el terre- no, como veremos más adelante. Después vino el cambio de Gobierno y la revolución, y nada se pudo hacer. 4. Días antes de publicarse la anterior Resolución ha- bía salido para España el P. Serafín de Mendata, llamado
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