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68 LOS FRANCISCANOS CAPUCHINOS EN VENEZUELA bajo un Superior que servirá al Vicario Apostólico de medio para sus relaciones indispensables con el Gobierno nacional, y con sus Superiores de Roma y España. Los Religiosos residentes en Cara- cas sólo tendrán por sueldo cien bolívares mensuales cada uno. 5 El Gobierno nacional contribuirá a la fabricación de las iglesias que sea necesario erigir para el servicio de las Misiones, y proporcionará las herramientas y útiles indispensables para que los Misioneros enseñen artes y oficios a los indígenas. 6' Fijanse como capitales de estas Misiones de la Guayana ve- nezolana Upata y Guasipati; y los límites del territorio que com- prenda el Vicariato Apostólico se determinarán por resoluciones pos- teriores. 7' La presente Resolución deja subsistentes en toda su fuer- za las leyes nacionales vigentes sobre extinción de Comunidades re- li,giosas.—Cornuniquese a quienes corresponda y publiquese.— Por el Ejecutivo Nacional, León Colina". La precedente Resolución fué modificada por otra que lleva fecha de 12 de mayo de 1894, que dice así (1): "Estados Unidos de Venezuela.— Ministerio de Relaciones Interio- res.----- Dirección Administrativa.— Caracas, 12 de mayo de 1894.— RESUELTO: Considerando el Presidente de. la República la necesidad y con- veniencia de atraer al seno de la civilización las numerosas tribus de indígenas que aún vagan en varias regiones de las zonas incultas del territorio nacional, y visto que esfuerzos hechos anteriormente por el Gobierno de la República no han dado aún el resultado por el cual se anhela; atendiendo igualmente a que la acción más eficaz que para tal objeto, eminentemente humano, puede emplearse, es la evangélica de los. Misioneros Católicos, ha querido aprovechar para que se dicten providencias definitivas en la materia, la favorable cir- cunstancia de hallarse ahora presente cii esta capital el Excelentísi- mo Señor Enviado Extraordinario de Su Santidad y al efecto se ha tenido a bien resolver: 1' Se declaran las regiones Delta y Caura y el territorio Ama- zonas REGION DE MISIONES CATOLICAS para la reducción y civi- lización de los indígenas, encargando dichas Misiones. a Religiosos Capuchinos, cuyo número podrá ascender hasta el (le cincuenta Pa- dres, y cuyos directores habrán de proceder con pleno acuerdo de las instrucciones que les comunique el Ministerio (le Relaciones In- teriores. (1) Recopilación de Leyes y Decretos de Venezuela cit., T. XVII, pág. 219,
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