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342 LOS FRANCISCANOS CAPUCHINOS EN VENEZUELA les, que desde el primer momento consideraron a los indios como súbditos, a los cuales debían especial protección y amparo. Por ello, a la cabeza de las instrucciones que se dieron a Cristóbal Colón antes de emprender el segundo vi-aje, se leen estas terminantes palabras: "que procure la conversión de los indios a la fe; para ayuda de la cual va Fray Buil con otros religiosos, quienes podrían ayudarse de los indios que vinieron para lenguas, para que los indios amen nues- tra Religión, se les trate muy bien y amorosamente. Se les darán gra- ciosamente algunas cosas de mercaderías y de rescate, y el almirante castigue mucho a quien les trate mal". A partir de esta fecha son innumerables las disposiciones que se dictaron para corregir los abusos que con los indios se cometían y mejorar la situación de éstos. Cuando fué Bobadilla de Gobernador a la española, después de vencer a los indígenas, los repartió entre los españoles, constituyéndolos en un estado de verdadera esclavitud y empleándolos, no sólo en las faenas de la agricultura, sino en los trabajos de laboreo de las minas. La Reina Católica tuvo dudas acer- ca de la legitimidad de este proceder, y cuando Colón envió algunos indios para que fuesen vendidos como esclavos en España, aunque se ordenó su venta, al día siguiente, 13 de abril de 1495, se escribió a Fonseca ordenándole "afianzar el producto de la venta de los indios que envió ci almirante, hasta consultar y estar seguros de si podrían o no venderlos", y, en efecto, después de consultar a varios letrados y teólogos, en 20 de junio de 1500, se decretó que se pusiesen en liber- tad los indios y se enviasen a los países de donde procedían. Bobadilla fué relevado, y en su lugar mandaron los Reyes al co- mendador de Lares, Fr. Nicolás de Ovando, dándole, en 16 (le septiem- bre de 1501, minuciosas instrucciones que tendían a destruir la obra de aquél, pues se le mandaba "que procurase tener en paz a los natu- rales y a los castellanos, administrándoles justicia con todo cuidado, pues este seria el mejor medio para excusar que no se ' hiciesen violen- ej-as a los indios, sino todo buen tratamiento, y que de esta voluntad de sus Altezas informase a los caciques y les hablase de ello, y se in- formase si era verdad que se habían traído a Castilla mujeres e hijos de algunos indios; que los indios pagasen los tributos y derechos co- mo los demás vasallos a sus Altezas y que se ocupasen en coger el oro, pagándoles su trabajo, porque su intención era que fuesen tratados con mucho amor y dulzura, sin consentir que nadie les hiciese agra- vio porque no fuesen impedidos de recibir nuestra fe". Con el mismo espíritu que la anterior se dictó la instrucción de 29 de marzo de 1503, verdaderamente importante, por el número y alcance de los preceptos que en ella se consignaron en favor de los indios: "Ordenase que los indios se reunan a vivir en poblaciones, man- dando al Gobernador que, con mucha diligencia, entienda en que se

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