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328 LOS FRANCISCANOS CAPUCHINOS EN VENEZUELA nistas de Londres y de París nos cuentan horrores de las calamitosas condiciones en que se hallaban esas dos grandes ciudades en el 8i g10 XVIII". Respecto a Méjico, bastará citar el juicio del barón de Humboldt, porque no cabe en los limites de este estudio reseñar, ni siquiera S0 meramente, los progresos de aquel país en materia de cultura intelec- tual, anteriores a la independencia. "Desde fines del reinado de Car- los III y durante el de Carlos IV, dice el eminente sabio, el estudio de las ciencias naturales ha hecho grandes progresos, no sólo en Méjico, sino en todas las Colonias españolas. Ningún gobierno europeo ha sacrificado sumas tan considerables como las que ha invertido el espa- ñol para fomentar el conocimiento de los vegetales". Y más adelante agrega: Ninguna ciudad del Nuevo Continente, sin exceptuar las de los Estados Unidos, presenta establecimientos científicos tan grandes y sólidos como la capital de Méjico", Puede argüirse, respecto a algunos de estos progr esos en las Co- lonias, que eran obra de gobernantes ilustrados como Vértiz, Ezpeleta, Casas, Mendinueta y otros, o de iniciativa particular, lo que es cierto en mucha parte, pero también es cierto que, de todo ello tenia minucioso conocimiento el Monarca, por los continuos informes y relaciones de mando; y bien hubiera podido detener tales progresos con actos au- toritativos, para ser consecuente con el sistema de restricción enun- ciado en la frase que se le atribuye. Pero hacia lo contrario: los an- torizaba más bien con su Real aprobación. Hubo, ciertamente, en el reinado de Carlos IV, extensa vigilancia y órdenes terminantes para impedir la introducción a las Colonias (le libros y papeles que contuviesen ideas o doctrinas políticas contra- rías al régimen e integridad (le los dominios españoles; pero esas pro- videncias, de suyo vejatorias, no anulan ni desvirtúan los actos favo- robles a la instrucción pública de que se ha hecho mención, porque tal sistema restrictivo era impuesto por la suprema ley de la conserva- ción del trono, en medio del vendaval revolucionario que soplaba de Francia. Cualquier Monarca, por justiciero que fuese, ante el peligro de una conflagración política semejante, no habría titubeado en tomar idénticas medidas, a fin de sofocar la chispa revolucionaria donde quiera que surgiese, aunque fuera sobre el caso reluciente de Miner- va, o en el regazo gentil de las Musas. Es oportuno reproducir los conceptos de un sabio tan profundo en asuntos literarios como Vergara y Vergara, quien dice al comienzo del capitulo X de su Historia de la Literatura en Nueva Granada (1867), lo que sigue: "Las historias que se han escrito sobre la Nueva Granada después de la época de la independencia, adolecen de un defecto grave, cual es el de ponderar el atraso en que estaba el Nuevo Reino en materia de estudios. Ha habido en esos historiadores, no sólo parcialidad, sino abandono en examinar las causas de la revolución de 1810. Nos

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