BCCCAP00000000000000000000505
-. 120 LOS FRANCISCANOS CAPUCHINOS EN VENEZUELA ral Delta-Amacuro, territorio que queda integramente comprendido en los límites del Vicariato; a] Oriente, el limite con el Brasil, hasta el nacimiento del río Paragua, en la Sierra de Paracaima, y al Oeste, el curso del río Paragua, hasta la desembocadura en el Caroni, luego, este río hasta el puerto de San Félix. : Este Vicariato, según derecho, dependerá de la Sagrada Congre- gación de Propaganda Fide, y declaramos además que, esto no obs- tante, será parte de la Provincia Eclesiástica de Santiago de Venezue- la y lo encomendamos a la benemérita Orden de Frailes Menores Ca- puchinos de San Francisco, reservándose para la Santa Sede el dere- cho de erigir el Vicariato en Diócesis propia e independiente, cuando, según Dios, fuere conveniente. Por lo cual, esta resolución por Nos decretada con autoridad Apostólica, a ningún hombre ni en ningún tiempo le será lícito iii- fringir o repugnar, o de cualquier manera contradecir. Mas si algunó, lo que Dios no permita, se propusiera impedirlo, sepa que no podrá evadir las penas establecidas en los sagrados cánones contra los que se oponen al ejercicio de la jurisdicción eclesiástica. Para la ejecución de este mandato delegamos a nuestro venerable I-Iermano Felipe C'ortcsi, Arzobispo Titular Siracense y Nuncio Apos- tólico en la República de Venezuela, y le concedemos las necesarias facultades aun para subdelegar en algún eclesiástico constituido en dig- nidad, y para resolver definitivamente cualquiera oposición que pu- diera ocurrir; con la obligación de que, una vez ejecutado Nuestro mandato, informe por escrito dentro (le seis meses a la Sagrada Con- gregación Consistorial. Decretamos finalmente que las presentes le- tras son valederas, no obstante cualquier otro documento en contrario, aunque sea digno (le especial mención. Dado en Roma, ante el sepulcro de San Pedro, el día cuatro de marzo de 1922, en el primer año de Nuestro Pontificado. C. Cardenal de La¡, Epis. Sabinen., Secretario de la Sda. Congre- gación Consistorial. O. Cardenal Cagiano, S. E. E. Cancelario, Julio Campori, Protonotario Apostólico. Rafael Viril¡, Protonotario Apostólico. Lugar del Plomo. Reg. en Canc. Apost., vol. XXV, n? 12". El Excmo. Sr, Ministro comunica al P. Félix que el Go- bierno concede el "Pase" a la Bula Pontificia.
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz