BCCCAP00000000000000000000505

108 LOS FRANCISCANOS CAPUCHINOS EN VENEZUELA para la que por tantos conceptos sentimos verdadero cariño y sim- patías los Capuchinos españoles. Por lo dems, no se nos ocultan las grandes dificultades con que tendremos que luchar y los sacrificios que al emprender tan ardua empresa nos imponemos. Reitero mis sentimientos de respeto al Excmo. Sr. Ministro y hago votos por la prosperidad de la República. Dios guarde a V. E. muchos años. Fr. Félix Ma. de Vegamión, Visitador y Comisario General. Caracas, 11 enero, 1921". 5. Por este tiempo, el P. Félix pidió y obtuvo la obe- diencia para regresar a Europa, y con tal motivo trató el asunto con la Santa Sede y los Superiores, dejando, a ruego de los Monseñores Cerreti y Di Somma, encargados de los asuntos del Departamento de Estado del Vaticano, las bases con que, '1 SU juicio, debiera ultimarse el arreglo de la Misión. Estas bases sirvieron, corno veremos muy pronto, para la con- ferencia que días después tuvo nuestro Rmo. P. Procurador con el Sr. Ministro de Venezuela ante la Santa Sede y los señores arriba citados, y son las siguientes: "BASES PARA ESTABLECER LAS MISIONES ENTRE LOS INDIOS Las Misiones que la Santa Sede y el Gobierno de Venezuela de- sean fundar en la Guayana, Perijá y la Goajira, para las que la Provincia de Religiosos Capuchinos de Castilla ha ofrecido Misioneros, deben establecerse sobre las bases siguientes: 1° Las Misiones se han de establecer en la región civilizada más inmediata a los indios, pues la acción de los Misioneros debe ser simultánea entre éstos y los civilizados, estableciendo mutuas relacio- nes entre unos y otros, toda vez que se trata de hacerlos ciudadanos de una misma nación. 2e Han de quedar constituidas, desde su establecimiento, en Vi- cariato Apostólico, en conformidad con la actual Ley de Misiones. 39 Han de tener, en el orden eclesiástico, jurisdicción propia y al efecto, los Timos. Sres. Obispos, de acuerdo con la Santa Sede y el Gobierno, cederán las Parroquias que se juzguen indispensables para su establecimiento. 49 El Vicario Apostólico será el único Superior de la Misión y los demás Misioneros dependerán de él, así como los sacerdotes de una diócesis dependen del Sr. Obispo. 59 En la región civilizada el Superior de la Misión no tendrá .tribución alguna en el orden civil y debe sostener las mejores

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz