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MISION DE GUAYANA.—CAPITULO IX 267 como se ve por los siguientes Autos y Memoria del P. Pre- fecto, Fr. Buenaventura de Sabadell (1) "Copia fiel de un expediente original sobre las Misiones de la Pro- vincia de Guayana existente en el Archivo Nacional de Caracas, saca- do bajo la vigilancia del Dr. D. Francisco Ramón Quintero. Se hace notar que la copia empieza en el folio 38 del original hasta el 96, y que el resto es ilegible a causa del deterioro en que se encuentra; dicé así: "Autos. —En la ciudad de Guayana, a 22 de octubre del año 1798, el señor don Felipe Ynciarte, teniente coronel de Infantería, goberna- dor y Comandante general de esta provincia, digo: Que por cuanto que por la vía del último correo ordinario ha recibido la Real provisión antecedente, librada por el Supremo Tribunal de su Alteza Real, au- diencia y cancillería de este distrito que reside en Caracas, fecha 26 de julio del presente año, con la inserción de una Real cédula (2), fe- chada en San Ildefonso el 7 de septiembre del año próximo pasado de 1797, en que Su Majestad, que Dios guarde, se ha servido resolver los seis puntos que en ella se expresan, relativos a lo espiritual de las Mi- siones que están a cargo de los Reverendos Padres Capuchiros cata- lanes de esta provincia de Santo Tomás de Guayana, a los pueblos erí- gidos o que se erigieren Cii doctrinas; a las entradas que se hicieren a los montes para sacar los indios infieles; a la civilización política y cristiana de los indios; al gobierno político, al gobierno económico de las Misiones, y acerca de si se ha de poner al corriente o no el pago de los Sínodos señalados a los Misioneros de esta provincia, con lo de- más que para el cumplimiento se expresa en la misma Real provisión. Por tanto, obedeciendo como la obedece su Señoría, con el res- peto y veneración debidos, mandaba y mando se guarde y cumpla y ejecute, a cuyo efecto, siendo necesaria la concurrencia del Ilmo. señor Obispo Diocesano, del muy Rvdo. P. Prefecto de las dichas Misiones, para evacuar los puntos a que se contrae la misma Real cédula, de la cual se les ha librado iguales provisiones, según se anuncia en la an- tecedente, y hallándose dicho Rvdo. Padre muy distante de esta capi- tal, residente en las Misiones, mandaba y mando se libre el corres- pondiente oficio al mismo R. Padre Prefecto para que a la mayór brevedad pase a esta capital a conferenciar y tratar con su Señoría y el dicho Ilmo. señor Obispo sobre los puntos que se comprenden en la misma Real cédula, para en su consecuencia proceder a darle el debido cumplimiento, con todo lo demás que en ella y en la misma (1) Copia auténtica, sacada del mismo originalexistente en el Archivo Nacional de Caracas. (2) Sin duda estos documentos estaban insertos en la parte del expediente que no se pudo copiar.

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