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56 LOS FRANCISCANOS CAPUCHINOS EN VENEZUELA Realmente, desde el año 1650, en que llegaron los primeros Ca- puchinos a la provincia de Cumanagotos donde hicieron mucho fruto, hasta el presente, han sido muchos los beneficios espirituales que se han ido consiguiendo mediante estos religiosos en la conversión de los indios de aquellas provincias; y consta que, si Fr. Francisco y sus compañeros no se quedaron en la isla de Granada, fué por estar ocu- pada por los franceses, y serles preciso buscar otro lugar donde ejer- cer su ministerio. Estableciéronse entre los Cumanagotos, y en poco tiempo fundaron tres poblaciones; y. sin embargo, el Consejo, apoyado en los informes que recibió, les mandó regresar a España. Juzgó en- tonces como caso de conciencia defraudar a los indios del fruto es- ijiritual, y los mandó volver a las Indias. Ahora nos encontramos también en caso semejante; y aunque falta el informe del señor Obispo de Puerto Rico, a quien se pidió que diera su dictamen, y no siendo posible obtenerlo por haber muerto, podemos suplirlo con lo que dicen estos religiosos, que afirman haber obrado/ siempre de acuerdo con dicho Prelado; que han bautizado más de 40 niños, sin contar 60 que han muerto, y que tenían señalados sitios pare cuatro poblaciones tierra adentro, y se hubieran llevado a efecto, si hubieran sido llamados los religiosos y muerto el señor Obispo. ¡ Que los referidos Misioneros dicen la verdad, se comprueba ror las cartas de los Cabildos y del señor Gobernador de Caracas y aun del de Cumaná, D. Juan Biezma y Carvajal, que ha llegado recientemente; además que, siendo muerto el señor Obispo de Puerto Rico, no se atre- verían los religiosos a invocar el testimonio de este Prelado, si no es- tuvieran seguros .de ello. 6. Por otra parte, habiendo Vuestra Majestad mandado a los di- chos Gobernadores de Caracas y Cumaná, que embarcaran para Es- paña a los Capuchinos sin dejarles arbitrio en la ejecución, les hizo tan- ta fuerza el perjuicio que resultaría a las reducciones de indios, y jun- tamente ver el general desconsuelo que mostraban lo mismo los indios que los españoles de aquellas provincias, que resolvieron no dar cum- plimiento a la Real Cédula, sin representar a Vuestra Majestad las ra- zones tan justas que había en contra de dicha orden. 7. Todo lo cual manifiesta una verdad continuada, una necesidad urgente, un vivo clamor común, sin haber descubierto ni oído ninguna contradicción; entienden los (le este voto, que en rigor se debe consi- derar que se halla el Consejo con todos los informes que por la última Cédula, de 28 de octubre de 1660, se pidieron al Obispo y Gobernador referidos; y así, los que han podido informar escriben con tanta apro- bación, y afirman que, si desamparasen aquellas reducciones estos re- ligiosos, se descompondría y perderla lo trabajado, exponiendo a los numerosos indios que están reducidos a que se vuelvan a los montes. No se necesitan, pues, más noticias para tomar la última deter-

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