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MISION DE LOS LLANOS Y APURE.—CAPITULO XXVIII 367 A esta carta contestó el señor Bello con la que sigue: "Reverendo P. José de Soto, Procurador de las Misiones (le Los Llanos. Reverendo Padre: En contestación de su favorecida, fecha 4 del próximo pasado mes de agosto, acompaño el papel de condiciones y cargos con que estoy dispuesto a ceder esta fábrica o Iglesia de la Di- vina Patora, Sitio, Alhajas, Ornamentos y cuanto en ella hay, en la más amplia forma que, aceptadas por parte legitima, y obtenidas la Licencia Real y Eclesiástica que fueren necesarias para su estableci- miento, puede darse y tenerse por hecha la donación y cesión en cuan- to de mi dependa y contarme los religiosos que aquí se establezcan por su siervo, para ayudarles y servirles mientras viviere, en todo su- bordinado a sus santos preceptos. De este sitio de la Divina Pastora, 19 de septiembre de 1773. Salvador José Bello". El pliego de condiciones es muy largo; sólo ofrecernos un extracto: Yo, Salvador José Bello, fundador de esta Iglesia de la Divina Pas- tora y dueño de su fábrica y adyacentes, estoy dispuesto a ceder y do- nar la dicha iglesia con todo lo que tiene, a favor de los Misioneros Ca- puchinos (le esta provincia de Caracas, para que les sirva de Hospicio, con las siguientes condiciones: 1—Que por estar muy poblado este sitio y quedar lejos de las otras Iglesias, donde no pueden acudir por ser gente pobre, por cuyo motivo edifiqué esta Iglesia, con las licencias debidas de Su Majestad y Ecle- siástica, en honor de la Divia Pastora, y donde se predica y confiesa continuamente; pido que haya constantemente, además del Procurador, otros tres religiosos sacerdotes, pues, además de lo dicho, hay funda- ción de misas que cumplir. 2'—Celebrar las Misas de fundaciones en el tiempo señalado, re- cibiendo del Síndico el estipendio que estuviere indicado, y atender a la Cofradía de la Divina Pastora y celebrar sus fiestas. 3—Que una vez establecidos los Capuchinos en este Hospicio, se han de hospedar en él necesariamente todos los religiosos que con cual- quier motivo lleguen a esta ciudad, aunque sean de distinta provincia, para que vivan aquí en la observancia. Recibidas estas condiciones, el P. Procurador hizo una so- licitud al Ilutrísiino señor Obispo, suplicando que aprobara la cesión hecha por el señor Bello de la casa e Iglesia de la Divi- na Pastora, a favor de los Capuchinos; y corno ci Ilustrísimo Prelado se hallaba entonces en la Visita Pástoral de Maracaibo,

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