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164 LOS FRANCISCANOS CAPUCHINOS EN VENEZUELA Prefecto y Religiosos de las Misiones de Capuchinos de la pro- vincia de Caracas: Habiéndose tenido noticia en mi Consejo de las Indias de las graves extorsiones y agravios que los Corregidores que se ponen en los pueblos de esa provincia ejecutan con los indios, so- candoles más tributo del que les tengo señalado y otras violencias que padecen, he resuelto rogaros y encargaros esteis a la mira de las operaciones de los Corregidores, para estorbar las violencias que eje- cutaren contra los indios, dándonos cuenta en todas ocasiones de los que incurrieren en este delito, con distinción de casos y de personas, para tomar con ellos la demostración que convenga; y por Despacho de este día ordeno y mando al Gobernador de esa provincia proceda en justicia contra los delincuentes con el mayor rigor y severidad; previniéndole que de lo contrario se le hará cargo en su residen- cia, por lo mucho que deseo el alivio y buen tratamiento de los in- dios; y fío de vuestro celo aplicareis a este fin las providencias convenientes. De Madrid, a cinco de agosto de mil setecientos y dos. —Yo, La Reina.—Por mandato (le Su Majestad, D. Manuel de Apare- gui.—Cuatro rúbricas noto de firma.—A1 Prefecto y Religiosos de las Misiones de Capuchinos de Caracas, encargándoles estén a la mira de que los Corregidores de los pueblos de aquella provincia no hagan molestias a los indios y que den cuenta de los que incurrieren en este delito. Concuerda la Real Cédula original que para este efecto exhibió ante mi el presente Notario y llevó en su poder el Padre Fr. Marceli- no de San Vicente, Predicador, Prefecto de las Misiones de Capuchi- nos de Caracas, concedida a los Misioneros de ella, residentes en este convento de Capuchinos de esta ciudad, de cuyo recibo firmó aquí su nombre y de cuyo pedimento es fecha en Sevilla en veinte y cin- co días del mes de noviembre de mil setecientos y dos años—En tes- timonio de verdad, Fr. Arcadio de Osuna, Notario Apostólico;Fr. Marcelino de San Vicente". Cuando los pueblos de indios estaban formados y llevaban más de 20 años de reducidos, empezaban a pagar contribución; para cobrarla y mantener el orden, el Gobernador de Cara- cas nombraba un empleado con el titulo de Corregidor con sueldo menguado; y sucedía con muchísima frecuencia que los tales corregidores mal pagados extorsionaban a los indios de varias maneras, exigiéndoles más contribución de lo que esta- ba mandado, apoderándose de los frutos de sus siembras o cxi- giéndoles trabajos excesivos. El P. Marcelino, favorecido del Consejo de Indias, quiso poner remedio a estos excesos y obtuvo la precedente Real Cédula, que, si no corrigió los abu-

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