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MTSION DE LOS LLANOS.—CAPITULO vm 137 su cargo dar a dicho Cura, rateándola según el número de familias y cabezas que constare la familia de cada uno. -En cuya atención regularemos y tantearemos la porción que nos toca para completar la congrua (le dicho Cura: por todo lo cual su- plicarnos nos dé Su licencio para labrar la Iglesia, y (le nombrar el cura capellán que fuere servido desde luego a quien estamos prontos de asistir con todo puntualidad con dicha congrua sustentación de los dichos doscientos cincuenta pesos; como lo esperamos de la grande- za y benignidad de V. S. Ilma., atendiendo al desconsuelo que hoy estamos experimentando y padeciendo, que en ello recibiremos mer- ced, y en lo necesario, etc. Juan Nicolás de Ponte, D. Juan Ascanio, Dña. Juana María de Leyera y Otáñez, Dña. Catalina ele Castro, Juan Ramirez Galbán, Domingo de Saavedra, D. Baltasar de V. Jarratrejo, Blas Arraez, Francisco de Utendosa, Nicolás Caldera. Presentado y visto por Su Señoría Ilma. el anterior documento: Digo que en atención a ser justa la causa que representa y deseando Su Señoría dar todo consuelo espiritual a las almas y personas que habitan en el paraje de Suata y haciendas (le los dichos vecinos: Su Señoría Ilma. creó y erigió en feligresía y partido las subsodichas haciendas, comprendidas en dicho Valle; para lo cual concedió licen- cia para que se fabrique Iglesia capaz y decente en la medianía de dicho sitio y fabricada que sea, se bendiga por el Cura capellán que Su Señoría Ilma. nombrare, bajo la invocación que los vecinos de- seen, dotándola de los Ornamentos necesarios para la administración Je los Santos Sacramentos en la conformidad que está concedido en otros valles, así de la costa del mar como (le las riberas del no Túy. Su Señoría Ilma. está pronto a nombrar Cura capellán para di- chq feligresía, para cuya congrua aplicó la cantidad (le doscientos cincuenta pesos que se obligan a dar los vecinos con determinación de que, si se disminuyesen los qu hay hoy, han de integrar los qur quedan la misma cantidad, obligando a los que nuevamente viniesen a pagar lo que les tocase según el repartimiento señalado, sin que por eso se aumente la congrua del capellán, porque siempre ha de ser fir- memente la ele doscientos pesos cada año. Y para que en el ínterin que se fabrica la Iglesia no carezcan de pasto espiritual, Su Señoría Ilma., da licencia para que desde el pue- blo de Charayave que está conjunto a dichos sitios se les administren los Santos Sacramentos por el R. P. Fray Manuel de illesón, religioso Capuchino y Misionero Apostólico, que de orden de Su Señoría Ilma. está administrando en dicho pueblo; para ello le (lá facultades y au- toridad Su Señoría Ilma. ca el entretanto que nombra Cura capellán, - y que puedan por ahora cumplir con los preceptos de confesar y co- mulgar en la Iglesia de Charallave. Y en los nuevos libros parroquia- les que para la referida Iglesia fdi-mare, ponga por cabeza esta erec- ción, para que siempre conste de su fundación......Y así proveyó

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