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MISION DE LOS LLANOS.—CAPITULO VIII 133 "Mi Gobernador y Capitán General de Caracas: Ha venido a España el P. Fr. Ildefonso de Zaragoza, Religioso Capuchino y Pro- curador de los Misioneros de Los Llanos de esa provincia, y vuelve a las Misiones despachado con varios privilegios a su favor, en vista de las representaciones que hizo a mi Consejo, como lo entenderéis por los despachos que lleva. Deseando yo la mayor conveniencia de los Misioneros por los muchos y buenos frutos que resultan de ellas en aumento de nuestra santa fe, mayor servicio de Dios y mío, he querido encargaros, como lo hago, que fomentéis por vuestra parte estas Misiones, asistiendo a los religiosos (le ellas en todo lo que dependa de vos, con el cuidado y celo que fío de vuestra obligación, y que se procurarán merecer es- tos Misioneros en su aplicación e incesante trabajo. En lo demás que se les ofreciere, los auxiliaréis y ayudaréis, sin impedir en manera alguna los progresos (le aquellas Misiones, de que me daré por bien servido. Madrid, 27 de agosto de 1692.—Yo, El Rey. —P. M. de S. M., Antonio de Larrea, Secretario". 3. Los despachos que el P. Ildefonso de Zaragoza ¡le- vaba para el Gobernador y el Ilustrísimo señor Obispo de Ca- racas eran varios, cuyas copias se conservan en la Biblioteca de Madrid; el más importante de todos es la Real Cédula si- guiente (1): "Mi Gobernador y Capitán General de Caracas: Por cuanto Ilde- fonso de Zaragoza, Religioso Capuchino de esas Misiones, me ha su- plicado, entre otras cosas, fuese servido mandar que los indios que sacasen de los Llanos de aquella provincia que fuesen rebeldes, após- tatas y fugitivos de las Misiones, se repartan en las casas de los veci- nos de la villa de San Carlos, a quienes puedan servir tres días a la semana por espacio de diez años, dándoles de comer y vestir, conce- diéndoles esta misma gracia a los vecinos de las villas de San- Sebas- tián (le los Reyes y Guanare, por estar a principios de Los Llanos y poderse lograr con la ayuda de los vecinos nuevas reducciones, acom- pañando a los religiosos y formando nuevos pueblos para los indios que sacaren en partes acomodadas. Y en caso de que no se estimare esto conveniente, se provea por otro medio de pagar a los vecinos de las dichas villas el servicio que prestan con su trabajo personal en las referidas escoltas, que han de entrar con los religiosos a la reducción de los indios. Visto en ini Consejo de Indias, y teniendo presente las razones de congruencia que hay para facilitar por todos los medios la re- ducción de los indios a nuestra santa fe, especialmente los apóstatas y fugitivos, y considerando que el mejor-medio para lograrlo es el de que (1) Biblioteca Nacional de Madrid, signatura 3.561. D. 80.

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