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MISION DE LOS LLANOS.-..-CAPITULO VII 121 4. "El Rey: Marqués de Casal, pariente, mi Gobernador y Capi- tán General de la provincia de Venezuela: Tiénese entendido que los indios que se hallan en las poblaciones que están a cargo de los reli- giosos Capuchinos Misioneros, ha muchos años que recibieron nues- tra santa fe, y se hallan quietos y pacíficos, faltándoles sólo la polí- tica, y aplicación al trabajo que debieran tener; por lo cual, y por lo atrasado que se hallan en el Gobierno político, he resuelto se pon- gan debajo de la mano y gobierno de vos y el Obispo, con la preven- ción de que por algunos años a lo menos queden al cuidado y doctri- na de los Religiosos Capuchinos, para consuelo suyo y para más se- guro logro de SU conversión, y así os ordeno y mando lo ejecutéis en esta conformidad, comunicándolo con el Obispo, y si juntos los dos hallúreis algún inconveniente en la ejecución de esta orden la sus- penderéis, y en la parte o partes que reconociéreis conveniente otra Providencia, la aplicaréis y haréis ejecutar, dándome cuenta de todo lo que hiciéredes, advirtiendo que desde que se erigieren en doctrina los indios de estos pueblos han de empezar a correr y contarse los diez años, porque les tengo concedida relevación de tributos, y me avisaréis en la primera ocasión del cumplimiento de este despacho, y de lo que obráredes en virtud de él. Fechado en Madrid, a cinco de diciembre de mil seiscientos y ochenta y nueve años.—Yo, El Rey.— Por mandato del Rey nuestro Señor, Antonio de Otalora.—Tiene cua- tro rúbricas, señales de firmas.—Concuerda con la Real Cédula ori- ginal de su contenido, que exhibió ante mi el Reverendo P. Fr. Sal- vador de Cádiz, Vice-Prefecto, Religioso Capuchino Misionario, a quien se la devolví y a que me remito, y (le su requerimiento doy el presente escrito en este pliego del sello cuarto; en Caracas, en treinta de junio de mil setecientos y veinte y ocho años, y en fe de ello lo signé y firmé.—En testimonio de verdad". Las otras Reales Cédulas llevaban fecha de 22 de sep- tiembre de 1689, y llegaron a la Misión a principios del año siguiente. Al enterarse los Misioneros de su contenido, se reu- nieron en la ciudad de San. Carlos de Austria, y acordaron que el P. Ildefonso de Zaragoza fuese a Madrid a defender ante el Rey y el Consejo de Indias a los Misioneros y a la Mi- sión; y, en caso de no ser atendidos, que pidiera licencia para que pudieran regresar todos a España. 5. Llegó el P. Zaragoza a Madrid el año 1691 e inmedia- tamente presentó al Rey D. Carlos II una bien documentada Memoria, en la que defiende con pruebas claras y evidentes la conducta delos Misioneros, y el plan que habían seguido

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