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Ese poder compete a los que tienen la potestad de santificar y regir. Se requiere la potestad de régimen, porque el perdón de los pecados después del Bautismo lo . concede la Iglesia a modo de juicio (recordar · lo dicho en el sacramento de la Penitencia). Por consiguiente, para perdonar los pecados es necesario : 1) Ser sacerdote, pues por el sacerdocio se concede la potestad de santificar a los demás. 2) Tener jurisdicción o autoridad de gobierno sobre los peni– tentes. La jurisdicción ordinaria la tienen el Papa ·y los Cardenales para toda .la Iglesia, cada obispo en su diócesis y el párroco en su pa– rroquia. La jurisdicción delegada o licencias de confesar la· tienen los sacerdotes a quienes el obispo se la haya concedido. Sin embargo, la Iglesia da potestad a todos los sacer– dotes para que confiesen a los que estén en peligro de muerte, sin necesidad de pedir licencias a nadie. S. CONDICIONES PARA OBTENER EL PERDON Para obtener el perdón de los pecados es absolutamente nece– sario tener arrepentimiento de ellos, al menos el dolor imperfecto de atrición, que está motivado por el temor al castigo. La razón es clara: Dios no puede perdonar el pecado si el pecador no cambia su voluntad detestándolo. 1) El acto de amor perfecto a Dios que se verifica en el dolor

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