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CRITERIOS REGULADORES DEL SALARIO Es nuestro deber adv.ertir que, así como no es lícito abandonar completa– mente la determinación del ·salario a la libre competencia •del mercado, así tampoco es líci•to que su fijación ,quede al arbitrio de Jos poderosos, sino que en esta materia deben guardarse a toda costa las normas de la justicia y de la equidad. Esto exige que ,los trabajadores cobren un salario cuyo im– porte les permita mantener un nivel de vida verdaderamente humano y hacer frente con dignidad a las obligaciones familiares. Pero es necesario, además, que al ,determinar la remuneración justa del trabajo, se tenga en cuenta Jos siguientes puntos: primero, la efectiva aportación ,de cada trabajador a la producción económica; segundo, la situación financiera •de la empresa en que se trabaja; tercero, las exigencias del bien común de la respectiva comunidad política, ,principalmente en orden a obtener el •máximo empleo de la mano de obra en toda ,la nación, y, por último, las exigep.cias del bien común universal, o sea, de las comunidades internacionales, diferentes entre sí en cuanto a su extensión y a los recursos naturale$ de· que disponen. Es evidente ,que los criterios expuestos tienen up. valor permanente y universal; pero su grado de aplicación a 1 las situaciones concretas no puede determinarse si .no se atiende como es debido a la riqueza disponible; rique– za que, en cantidad y calidad, puede variar, y de hecho •varía, de nación a nación Y, dentro de una misma nación, de un tiempo a otro. (Juan XXIII, Mater et Magistra) 133
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