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CERTIFICADO MEDICO PREMATRIMONIAL 73 Pero a Gutiérrez no se le ocultan las razones que se oponen a la introducción en la legislación del impedimento de enfermedad: « Cuestión es esta, dice, para que la exami– nen ambas autoridades. Es rebajar demasíacio, es no cono– cer sus verdaderos fines, pensar que debe emplearse para mejorar nuestra raza; de la especie humana no se puede decir lo que de las demás especies: el hombre nace para merecer, y no halla recompensa hasta después de la muer– te. Ní será justo agravar los padecimientos de una enfer– medad con el desconsuelo de una privación, menos todavía cuando tan caprichosa es la naturaleza, tan incierta la teo– ría de los vicios congénitos. ¡Sí al cabo se lograra con ella sofocar ciertos estímulos y quitar medios harto reprobados para nunca satisfacerlos!» (1). Por otra parte, Gutiérrez hace resaltar lo que le intere– sa al Estado atajar los males derivados de la transmisión de ciertas enfermedades: «No vale tampoco disimularse la realidad del mal, que es también grave. La cuestión es de preferencia entre el interés del Estado y la libertad conce– dida al individuo, aunque sea en su propio daño. Dejar co– rrer el peligro por miedo de que se multipliquen las rela– ciones ilícitas, es contemporizar con el libertinaje, o decir que el celibato lo es siempre... » (2). Casi por el mismo tiempo Bas y Cortés escribía en su obra El Casamiento: «El hombre inconsciente en tantas cosas de verdadero interés, se afana por mejorar las razas (1) GUTIÉRREZ, l. c., pág. 327. (2) GUTIÉRREZ, J. c.

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