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38 P. SOBRADILLO de ser progenitores, sino el prevenir y atajar enfermedades ya en los mismos cónyuges o también en la descen– dencia. Este argumento tiene un triple aspecto: a) prevenir graves transtornos en la salud de los mismos contrayentes; 2) atajar el contagio del otro contrayente, y 3) evitar la propagación de las enfermedades hereditarias. a) El primer aspecto del argumento médico, decimos, es prevenir transtornos en la salud de los mismos con– trayentes. «¿No es inicuo, dice el Dr. Barahona, que no se prohi– ba el conyungo (sic) a esas pobres mujeres con cieformida– des pélvicas, que susceptibles de quedar embarazadas, están votadas necesariamente a ser carne de cirujano, si antes la naturaleza no interviene provocando la expulsión prematura del feto? Si ellas supieran lo que les espera, si el futuro marido tuviera conocimiento exacto de su casi segura y precoz viudez, probablemente no se atreverían a llevar a cabo su unión. Pero hay más, aun reuniendo las condiciones orgánico-fisiológicas precisas para la genera– ción, existen circunstancias que debieran impedir el matri– monio, de orden puramente patológico. Y esto, porque el le– gislador tiene el deber de prevenir los peligros que pudie– ran acontecer a los ciudadanos y evitar por medio de las leyes que estos peligros terminen la existencia del sujeto rápida y fatalmente. En Medicina, por lo tanto, tenemos que considerar como incompatibles con el matrimonio , ciertos estados patológicos que verdaderamente confluyen
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