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CERTIFICADO MEDICO PREMATRIMONIAL 107 ha de decirse de la teoría «eugénica•, ora «positiva», ora «negativa», y de los medios indicados por esta teoría para el mejoramiento de la raza humana, prescindiendo de las leyes naturales, divinas o eclesiásticas que atañen al ma– trimonio y a los derechos de cada uno»?, la Sda. Congre– gación respondió: «Esta teoría ha de ser completamente desaprobada y tenida por falsa y condenada, como consta en las Letras Encíclicas sobre el matrimonio cristiano «Casti Connubii», dadas en 31 de diciembre de 1930» (1). De todo esto se deduce que la Iglesia reconoce a los enfermos, incluso a los afectados de enfermedades conta– giosas y hereditarias, el derecho de contraer matrimonio. C 011 tres fórmulas equivalentes proclama Pío XI en la ci– tada Encíclica este derecho: •son de suyo aptos para con– traer matrimonio», «poseen facultad para el matrimonio" y «son capaces para el matrimonio». Este sentir de la Iglesia se comprende si tenernos en cuenta que el hombre no tiene sólo un destino terreno y temporal. Si el hombre naciese sólo para la tierra, enton– ces sí, habría razón para eliminar e impedír el nacimiento de todo ser enfermo y tarado, al igual que se hace con las plantas y animales; pero el hombre tiene un destino ultra– terreno: «Dios, además, dice Pío XI, quiere que sean en– gendrados los hombres, no solamente para que vivan y llenen la tierra, sino muy principalmente, para que sean (1) Cf. Acta Apostolicae Sedis, \'ol. XXIII (1931), págs.118-19; la tra– ducción véase en Go1.1Á, l. c., pég. 294; en dicha 0bra en lug¡¡r de «pres– cinrlícndo» se lee «teniendo en cuenta•, todo lo contrario de lo que dice el texto lutino.
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