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90 P. SOBRADILLO matrimonio (la fidelidad), están incluídos el segundo y ter– cer fin d¿l matrimonio, o sea la mutua ayuda y el remedio de la concupiscencia, pues la obligación de la cohabita– ción Sí~ ordena precisamente al remedio de la concupis– cencia. Queda sin correspondencia el tercer bien que es el sa– cramenfo, que, como dice Pío XI, encierra «tanto la indiso– lubilidad del vínculo como la elevación y consagración que Jesucristo ha hecho del contrato, constituyéndolo sig– no eficaz de la gracia• (1). Quiénes p1nden contrder matrimonio. Siendo el matri– monio un contrato, elevado a dignidad de Sacramento, del que se origina un vínculo perpetuo, sólo pueden contraer– lo los que gozan del suficiente descernimiento sobre los propios actos, pues en todo contrato es esencial prestar consentimiento. Y teniendo el matrimonio como fin primordial la pro– creación, y como fines secundarios, la mutua ayuda y el remedio de la concupiscencia, fines que, como hemos di– cho, se encierran en los tres bienes del matrimonio, los que contraen matrimonio deben ser personas hábiles para conseguir dichos fines y bienes. Por consiguiente, son excluídos del matrimonio: 1) los alienados, por carecer del debido conocimiento exigido en (!) lkta iipostolicae Sedis, l. c., pág. 550. La traducción castellana véase en Colección de Encíclicas y Cartas Pontificias, edición de «Ac– ción Católica Española», Madrid, 1942, pág. 703.
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