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Catálogo de Indulgencias de la Tercera Orden Franciscana 23 i veces al año, pero no en particular, sino en común, o sea, a la hermandad. Si se trata de terciarios aislados, parece ser que tam– bién se les puede dar la bendición papal, con tal que se reunan en un lugar para recibirla. 2. Los terciarios que moran donde no está esta– blecida ninguna hermandad y que no pueden acu– dir, a no ser con dificultad, a recibir la bendición papal, pueden recibir, en vez de ésta, dos veces la absolucicfn general. 3. Pueden dar la bendición papal: a) los Supe– riores, los cuales pueden delegar aún a los no apro– bados para oir confesiones; b) los Directores y los que les suplen en las ausencias, enfermedades, etc. En caso de que no estuviese ninguno presente con fa– cultad para dar la bendición papal, puede darla cualquier sacerdote aprobado para oir confesiones. 4. Las condiciones para ganar la indulgencia plenaria de la bendición papal son las siguientes: confesión, comunión y rogar por las intenciones del Romano Pontífice. N.B. II ABSOLUCIÓN GENERAL r. Puede darse la absoluciJn general: a) en pú_ blico, el día se1ialado y durante la octaiia (no consta que pueda darse !a víspera); b) en privado, la v!spera el día señalado y la octava. '
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