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Regla de la Tercera Orden ciarios, a otro rezo. Los seglares si no rezan las Ho– ras Canónicas o el Oficio Parvo de Nuestra Señora, dirán doce veces al día el Padre nuestro, el Avema– ría y el Gloria Patri, a menos que por enfermedad se hallaren impedidos. § 7.° Los que pueden hacer testamento, deberán hacerlo, disponiendo de sus bienes oportunamente. § 8. 0 Procurarán en la vida de familia aventajar– se a los demás con el buen ejemplo, y fomentar los ejercicios piadosos y las buenas obras. No admitan en su casa aquellos libros o periódicos de los cuales pueda venir algún daño a la virtud, ni permitan leerlos a sus subordinados. § 9.° Mantengan cuidadosamente la caridad y benevolencia, tanto entre sí mismos como con los extraños. Y siempre que pudieren, procuren arreglar las desavenencias. § 10.º No juren nunca, sino con necesidad. En el hablar huyan de toda palabra torpe y de toda bro– ma grosera. Por la noche examinen su conciencia, y si hallaren haber faltado en algo, reparen la falta con el arrepentimiento. § 1 r. 0 Los que cómodamente puedan, oigan Misa todos los días. Asistan a las reuniones mensua– les que designe el Superior. § 12.º Según las facultades de cada uno, contri– buirán al fondo común con alguna limosna para so– correr a los hermanos necesitados, principalmente en sus enfermedades, o bien para procurar el deco– ro del culto divino.
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