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166 Segunda Parte.-De los terciarios en particular quotquot sunt utriusque sexus et cujusvis instituti, vitae mortisque tempore participenb> (1). Dicha comunicación sólo atañe a las indulgen– cias y a la participación en el fruto de las buenas obras; pero nótese bien que no hay comunicación de otros privile,_r;ios entre las tres Órdenes. Según declaración de la Sda. Congregación del Sto. Oficio, del día 7 de junio de 1916, en virtud del privilegio de comunicación: a) las iglesias y públicos oratorios propios de la Tercera Orden gozan de las indulgencias concedidas a las iglesias y oratorios públicos de la Primera y Segunda Orden o de la Tercera Orden Regular; b) los terciarios pueden ga– nar las indulgencias concedidas a las iglesias y ora– torios de la Orden Franciscana, visitando la iglesia u oratorio donde esté erigida una hermandad, aun– que dicha iglesia u oratorio no pertenezca a la Ter– cera Orden; c) los terciarios pueden ganar la indul– gencia plenaria concedida el día de la Conmemora– ción de los difuntos de la Orden Franciscana una sola vez, aún en el caso de que las diversas Familias Franciscanas celebren dicha Conmemoración en días diferentes; d) los indultos concedidos a los terciarios enfermos, impedidos, etc., y de los cuales se hace mención en el Sumario de Indulgencias de la Ter– cera Orden, valen también para las indulgencias que los terciarios pueden ganar en virtud del privilegio (1) Analecta Oni. Mln. Cap., vol. XXV (1909), págs. 225- 226,
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