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r 58 Segunda Parte. -De los terciarios en particular misas aplicadas por otros parientes, pues la palabra latina «parentes» se refiere a los padres ( I ). 96. La Tercera Orden de San Francisco ha sido enriquecida con innumerables indulgencias. No es de nuestra incumbencia aducir aquí un catálogo de dichas indulgencias (2), pues saldríamos de nuestro propósito. Creemos, sin embargo, útil recordar aquí algunas prescripciones del Código de Derecho Ca– nónico respecto a las indulgencias. I) Las condiciones necesarias para ganar las (1) En el privilegio concedido a los Menores se Ice genitori– b1ts. Véase Cu1PE10, O. F. l\L, Disquisitio canonico-llistorica de Indu!gmtiis ,Serplzid Ordinis, Ad Claras Aquas, 1926, pág. 183. (2) Véase, al final, el Apéndice III. Como documentos autén– ticos de las indulgencias concedidas directamente a los tercia– rios, véase la const. ,11isericors Dei Filius, del 30 de mayo de 1883 (Leonis XIII Acta, l. c., págs. 16-18), el Breve ()uia multa, del 7 de septiembre de 19m, del mismo Pontífice ( Ana– lecta Ord. ilfin. Cap. vol. XVII (1901), págs. 290-292) y el de– creto de la Sda. Congregación de Indulgencias del 11 de sep– tiembre de 1901 (Analccta Ord. .lvlin. Cap., l. c., págs. 292- 296). Las principales indulgencias que, en virtud del privilegio de comunicacidn, pueden ganar los terciarios, Yéanse en el .Su– mario de Indulgencias, l'rfrilegios e Indultos de la Orden de PP. Capuchinos. (A11aleda Ordinis Jiin.· Cap., l. c., pág. 228 y ss). Según decreto de la Sagrada Penitenciaría, del 22 de abril de 1933, rezando los seis Pddre ;utesíros, .Az,enzarías .Y c;z¡Jria, ya no se gn.nan toiies t.JZtlJties las indulgencias concedida:; a ]as siete Basílicas y a las Estaeiones de Roma, a la Porciúncula, a los Santos Lugares y al serulcro de Santiago Apóstol, sino simplemente IO a;z,is de i;d11~1sei;cia cada Yez y ttna _t!enaria al mes (Acta Aposto!icae .Sedis, vol. XXV (19;,3), págs. 254-25,s).
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