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III.-Derechos, privilegios y otras gracias espirituales I 57 el 22 de marzo de 1905 (1); b) pero no incluye los otros privilegios de los Regulares acerca del oficio divino, como conmutar, etc. En el Sumario de Indulgencias, Privilegios e in– dultos de la Orden de PP. Capuchinos se encuentran estos dos privilegios en el apartado D: «5. Altare majus omnium ecclesiarum Ordinis gaudet privile– gio quotidiano pro Missis, quae in eodem celebra– buntur a quocumque Sacerdote sive regulari sive saeculari in suffragium animae alicujus defuncti... 8. Pariter privilegio gaudet Missa una, quae a Religio– sis Ordinis in suffragium animae suorum respective parentum defunctorum celebrabitur» (2). En virtud del privilegio de comunicacidn (3) 1 la Tercera Orden participa de dichos privilegios; por lo tanto: a) el al– tar mayor de las iglesias propias de la Tercera Or– den es privilegiado; b) los sacerdotes terciarios go– zan de altar privilegiado cuando aplican la misa por su padre o madre, pero, en contra del parecer de O1sY (4) y de CoRTONA (5) 1 opinamos que es privile– giada solamente una misa por cada uno de los pa– dres (6) y que dicho privilegio no se extiende a las (1) Véase SrEIN, l. c., pág. 69; CoRONATA, l. c., pág. 342, nota 8. (2) Analecta Ordinis lWn. Cap., vol. XXI (1905), pág. 230. (3) Véase el n. 97. (4) OrsY, l. c., pág. 293, n. 365. (5) CORTONA, l. C., pág. 174. (6) La concesión del privilegio dice missa una y no 111issa(} pmnel,

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