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í02 Pirmera Parte.-De la Tercera Orden como Asociaciód hermandades de la misma Tercera Urden, o entre miembros de la misma hermandad. Pero ordinariamente la solución de los litigios de precedencia no es por víajudicial o coutenciosa, sino mús bien por vía admiuistrativa ( I ); y por esta vía, salvo los casos de urgencia en los que toca al Ordi– nario del lugar decidir (can. 106, 6. 0 ), son compe– tentes para resol\'er los litigios de precedencia que atañen a las Terceras Úrdenes: a) el Superior Regu– lar, si el litigio es entre hermandades de la misma Tercera Orden y de la misma Obediencia, o entre miembros de la misma hermandad, y, en último tér– mino, la Sda. Congregación de Religiosos, bajo cuya jurisdicción, según el can. 251, s 1, están las Terce· ras Órdenes; b) la Sda Congregación de Religiosos, cuando el litigio es entre hermandades de distintas Terceras Órdenes o, tratündose de nuestra Tercera Orden, de distintas Obediencias; c) pero si el litigio es entre una hermandad y otra clase de asociacio– nes, puede ser resuelto, o por la Sda. Congregación de Religiosos, o por la Sda Congregaciún del Conci– lio: por la Sda Congregación de h'.eligiosos, en virtud del can. 2 5 1, § 2, que, aunque trata de los litigios entre religiosos y no religiosos, por analogía puede s.er aplicado a los litigios entre terciarios y no tercia– rios, puesto que tanto los religiosos como los ter– ciarios, en cuanto terciarios, estún sujetos a la Sda. Congregación de Religiosos; y por la Sda Congrega- (1) C1rnw1H-BE1tTAGNOLLI, J. c., pág. 1S1, n. 103.
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