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'.)2 Primera Parte. -De la Tercera ()rden como Asociación el que preside no opta por dirimir con su voto el empate, será proclamado el más antiguo en la Ter– cera Orden (can. IOI, § I, I. 0 ). El derecho de confirmar la elección pertenece siempre al Superior. 55. De ordinario los cargos han de ser conferi– dos por elección, pero, según el art. VII del Ceremo– nial ele la Tercera Orden, aprohado por la Sd(l. Con– gregación de Ritos, el I 8 de junio de 1883, cuando una hermandad es erigida, el Superior o el que pro– cede a la erección nombra las personas que han de formar parte del Discretorio. CEJuu ( 1 ), opina que el Superior podría usar tam– bién de este derecho en otras circunstancias, cuan– do graves razones así lo aconsejan. No compartimos este parecer, porque esto sería privar a la herman– dad de un derecho concedido por el can. 6l)7, § I (2). 56. Al Discretorio, juntamente con el Director, pertenece velar por la prosperidad y florecimiento de la hermandad en sus diversos aspectos. En par– ticular le toca deliherar acerca de la administración temporal, de las obras sociales, celebración de fies– tas y asambleas extraordinarias, etc., etc. El Discretorio suele también deliberar sobre la admisión de los nuevos socios en la hermandad. (1) CERru, l. c., pügs. 77-78. (2) Véase también CoRONATA, l. c., pág. 269, n. ,¡7.
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