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86 Primera Parte.-De la Tercera Orden como Asociación acto de jurisdicción en las iglesias que le están su– jetas. Los párrocos no pueden remover ni al Director ni al Capellán; de ahí que no pueden oponerse a que el Director legítimamente nombrado desempeñe su oficio en la parroquia. Si tienen algún cargo con– tra él, acudan a la autoridad legítima, a quien toca proveer. d) Quién suple al Director y Capellán en las ausencias, enfermedades, etc. 52. Antiguamente, cuando el Director de una asociación estaba impedido de ejercer sus funciones, no podía delegar a otro que hiciese sus veces. Así lo declaró repetidas veces la Sda. Congregación de In– dulgencias ( r). Opinan algunos (z) que lo mismo habría que decir en la actual legislación. CoRONATA (3), al contrario, opina que el Director y Capellán de las asociaciones, por poseer, según dicho autor, potestad ordinaria, pueden delegar sus atribuciones en virtud del can. 199, ~ r, que deter- (1) Decretos del 22 de agosto de 1842 (Decreta aut!wztica, n. 306, págs. 267-268), del 3 de diciembre de 18,2 (Acta San– ctae .Sedis, tom. XXV, 1892-1893, págs. 427-429) y del 13 de fe– brero de 1894 (Acta ,Sa11ctae .Sedis, tom. XXVI, 1893-1894, pág. 507). (z) WEitNz-VmAL, Jus Canonicum, tom. III, Romae, 1933, pág. 517, n. 475; DE M1msrm, l. c., pág. 507, n. 1079, nota 1. (3) CoRONATA, De 1lfoderatorc el Cappcl!ano, págs. 22-24.

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