BCCCAP00000000000000000000478

k.NQl'lHID!ON DE DEONTOLOGÍA :.vrf:DICA 99 su destino universal y sobrenatural, el médico correrá fácilmente el peligro de enredarse en prejuicios más o menos materialistas, de seguir sus consecuencias fatales hacia el utilitarismo, el hedonis– mo, la autonomía absoluta de la ley moral. Un capitán podrá saber perfectamente cuáles son las instrucciones necesarias para que la máquina maniobre o para disponer la navegación a vela; pero si no conoce la meta, si no sabe preguntar a sus instrumentos y a las estrellas que brillan sobre su cabeza la posición y el rumbo de la nave, ¿adónde irá a parar en su loca carrera? Ahora bien: este concepto del ser y del fin abre el camino a las más altas consideraciones. Es tal la complejidad de aquel compues– to de materia y de espíritu como de aquel orden universal, que el hombre no puede dirigirse hacia el fin total y único del ser suyo y de su personalidad, si no es con la armoniosa acción de sus múl– tiples facultades corporales y espirituales. Y no puede conservar su puesto, ni aislándose del resto del mundo, ni perdiéndose allí como se pierden en una aglomeración amorfa millones de molécu– las idénticas. Esta real complejidad, esta necesaria armonía, ofrece sus difi– cultades, dictando al médico su deber. Al formar al hombre el Señor reguló cada una de sus funciones, las distribuyó entre los diversos órganos, por el hecho mismo de es– tablecer la distinción entre los que son necesarios para la vida y los que solamente interesan a la integridad del cuerpo, por muy preciosa que sea su actividad a su bienestar o a su belleza. Al mis– mo tiempo prescribió y limitó Pl uso de uno dP ellos. No se puede, pues, permitir al hombre que ordene su vida y las funciones de sus .órganos a su talante, de manera contraria a la interna finalidad in– manente que les ha siclo asignada, porque en realidad, el hombre no es el propietario, el señor absoluto ele su cuerpo, sino el usu– fructuario, de donde se deriva toda una serie de principios y de normas que regulan el hecho y el derecho de disponer de los ór– ganos y de los miembros del cuerpo, y que se imponen lo mismo al interesado que al médico llamado para aconsejarle. 84. Normas para la solución de los conflictos de intereses. Las mismas reglas deben dirigir la solución de los conflictos entre los intereses divergentes, según la escala de los valores, salvo siem– pre los mandamientos de Dios. Por eso, jamás se permitirá sacri– ficar los intereses eternos a los bienes temporales, aun los más es– timados; como tampoco será lícito poner estos últimos detrás de los vulgares caprichos y ele las exigencias de las pasiones. En estas crisis, a veces trágicas, debe ser muy a menudo el consejero y casi el árbitro calificado el médico. Los conflictos inevitables entre los intereses divergentes, aunque circunscritos y restringidos dentro

RkJQdWJsaXNoZXIy NDA3MTIz