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cual aseg1uaba que había quedado encinta. Un día el monje, como jugando, la cogió fuertemente por la cintura, y la mujer abortó. El monje expuso su caso a hombre,:. JH"ohos y por su consejo dejó de celebrar misa por creer haber incurrido en suspensión, pena con la cual eran castigados ]os homíeidas y los que procuraban el aborto. El prior del Monasterio acudió entonces al Papa Inocen– cio III para que levantara la suspensión a aquel monje, y el Papa contestó: «Por las presentes respondemos ,que si el feto no estaba todavía animado, puede admini&trar ; pero si estaba animado se debe abstener del oficio del altarJJ (12). Esta decisión ,del Papa, ,listinguiendo entre el feto animado y {'1 inanimado es a causa de las teorías de .entonces acerca del mo– mento en que el alma <'s infundida en el feto, ya {1ue muchos admi– tian que el alma no se infm1<le innH'<liatamonte <lespués <le la con– cepción, sino posteriormente; según la teorja de Aristóteles, qm~ por entonces se iha introduciendo en las aulas <lP los eseolásticos de la Edad Me<lia, el alma se infunde unos cuarenta <lías después de la concepción si se trataba de varones, y unos ochenta .días después si se trataba de mujeres (13). h) El matrimonio de los leprosos.--Otra Je las cuestiones re– sueltas entonces fué la aptitu<l de los leprosos a contraer niatrimo– nio, cuestión de la que hemos tratado en otros trahajos (14). Aquí no haremos más que, repetir lo que allí ,decimos. Tres son los documentos recogidos en las Decretales acerca d~ esta cuestión: dos DPcretales del Papa Alejandro III en el año 1180 y una del Papa Urbano III en el año 1186. Dec:retales del Papa Alejandro III.-La primera Decretal es la dirigida en 1180 al ohispo de Bayona. En ella se determina: «Por– que a nadie es lícito separarse de su mujer, a no ser en el caso de fomicación, está bien claro que, cuando la muj,er ha sido atacada de la lepra o de otra enferme<la.d, no es lícito separarse de ella ni \12) C. 20, X, de homicidio wlu11wrio t•el ctt.mali, V, 12. (13) At·erca de to-Oas estas teorías véast' EscHBACH: Dis11utatim1e., Pliy– siofogicae-Telwlogicae. t. II, Romae-Parisiis, editio 3, pág. 18 y sigs. (14) P. S0B11AmLLo: El Cf'Ttificado médico prematrimonial. Salamanca, 1943, páginas 96 y sigs.

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