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- 173 - y tenida por falsa y condenada, como consta en las Letras Encícli– cas sobre el matrimonio criMicmo «Cll8ti Connubiil>, {la{las en 31 de -0iciembre de 1930)) (99). e) Eliminación de tarados y en/ennos.--Sabi<lo es de todos que en algunos Estados se cometieron últimamente atrocidades con ta– rados y enfermos, al considerarlos como cosa completamente inútil para la socieda,d. Como el mismo Estado promovía la eliminación -de esos infelices, la Sagrada Congregación -del Santo Oficio, sin ningún miramiento, a pesar de las luctuosas circunstancias por que atrayesaba la Iglesia, public? el siguiente decreto el 2 de diciembre {le 1940: ccSe ha preguntado a esta Suprema Sagrada Congregación si es lícito matar ,lirectamente por mandato de la autoridad públi– •Ca a aquellos que, aunque no han cometido ningún crimen digno dt• muertti, sm embargo, a causa de sus taras psíquieas y físicas, ya no son de provecho para la nación, antes bien son una carga y un ob,,:– táculo a su vigor y fuerza. En la general reunión <le la Suprema Sa– grada Congregación {lel Santo Oficio, tenida el miércoles del 27 d1· noviembre de 19:10, los Emos. y Rmos. Sres. Cardenales encarga– <los de velar por las cosas de fe y costumbre, habiendo ofalo el voto ,fo los RR. Srs. Consultores, han mandado responder: Negatit-a– mente, por ser contrario al derecho natural .y divino positivo. Y el -domingo siguiente, 1 de diciembre ,lel mismo· año, en la audiencia acostumbra<la conee<lida al Excmo. Sr. Asesor del Santo Oficio, Su Santi<la<l el Papa Pío XI, aprobó esta resolución <le los Exmos. Pa– <lrei' y man<ló que fuera publicadaJJ (100). d) La esterilización sexual.-También enº algunos Estados, a pPsar de las anteriores dPcisiones de la Santa Sede, se practicó la e>-terilización sobre enfermos y tarados. La cuestión fué llevada de nuevo a la Santa Sede en esta forma: «¿,Es lícita la esterilización directa del varón o de la mujer, ya sea pública o temporal?Jl, y la Congregación del Santo Oficio, el 21 de febrero de 1940, respou– <lió: ccNegativamente, y no hay d1Hla que está prohibida por la ley natural; y en ]o qm' toca a la esterilizaeión engénica, ya e-t:i 1fJ91 Acta Apostolic/1,f' Sedis. XXIII (19311. pág. 118-119. (100) Acta Apostolicae Sedis, XXXII 119401. pág. 553-55°1.
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