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- ltl8 -- h) Obligación de actzmr dentro del campo de la moral. «Es, pues, cosa clara que la persona {kl médico con toda su ,,c– tivi<lad se mueve constantemente en el ambiente del orden moral y bajo el imperio <le su huella. En ninguna declaración, en ningún concepto, en ninguna medida, en ninguna intervencióu,el médico se pue<le colocar fuera del terreno <le la moral, desligado e inde– pendiente de los principios furnlamentales de la ética y de la rdi– gióu. Ni pue<le haber aJlí ninguna acción ni palabra de las que no sea responsable ante Dios y su conciencia.>> (Del 1liscurso <lel 12 de noviembre {le 194-1) (89). «La profesión de la Medicina pone a sus representantes con to<la precisión dentro de la órbita del or<lcn moral para ser goherua<los en su activi<lad por aquellas leyes. El nii'{lico no pue<le ir más allá <le las fronteras de la moralidad, trátese de enseñar, o de dar un consejo, 0 1le pre,"cribfr un remedio o un tratamiento. No puede destacarse <le los principios fundamentales <le la ética y de la re– ligión.» (De la alocución ,lcl 30 de enPro {le 19·+5) (90). <') Obligación de respetar la i·ida dd niño. ccEI médico no tiene derecho a <lisponer de la vida <lel niño o <le la madrP, Nadie en el mundo, ninguna persona privada, ningún poder humano, puede autorizarle a su directa destrucción. Su oficio no es destruir la vida, sino salvarla. Principios fun– damentales e inmutables que la Iglesia en el curso de los últimos decenios se ha visto en la necesidad de proclamar repetidamente y c;on toda claridad contra las opiniones y los métodos opuestos. En las resoluciones y en los decretos <lel magisterio eclesiástico, el mr– dico católico encuentra, por lo que a esto se refiere, una giúa se– gura para su juicio teórico y pai;a su conduela práctica.ii (Del discurso del 12 <le noYiemhn~ <le 19H) (91). (89) Ecclesia, IV /19441, pág. 1.100. (90\ Ecclesia, V I Í9451, pág. 128. (91) EcclPsia, IV (191'1), pág. 1.124.

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