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- rn2 -- 4. 0 Los que cometieron homicidio voluntario o procuraron el aborto <le nn feto humano, si se realizó el aborto, y todos los coope– radores. Can. 1.203. l. Los cuerpos de los fieles difuntos han de sepultarse, repro– bada su cremación. 2. Si alguno mandare en cualquier forma que su cuerpo sea quemado, es ilícito cumplir esa volunta<1, y si se hubiera puesto en algún contrato, testamento u otro acto cualquiera, ténga;.e por .no puesta. Can. 1.240. l. Están privados de la sepultm·2 eclesiástica, a no ser que an- tes <le la muerte hubieran <lado alguna Feñal de arrepentimiento... Los que han muerto en el duelo o <le una herida en él recibí-da. 5. Los que hubieran man<la<lo quemar su cadáver. Can. 2.350. l. Los que procuran el aborto, incluso la madre, incurren, ~1 el aborto se verifica, en excomunión latkl'e sententia,ei reservada al Ordinario, y si son clérigos, ,deben además ser depuestos. ~) Normas directami'nte dadas por los Papas. A) El Papa Pío XI.-En su Encíclica Casti Connubii, del 31 -de diciembre <le 1939, expone la actitud <le la Iglesia ante diverso;; pro– blemas deontológicos: el onanismo, el aborto, el certificado médi– co prematrimonial y los llamados problemas <le eugenesia son tra– tados en ,dicha Encíclica. A continuación copiamos lo que atañe a cada uno <le estos pro– blemas: a) El onanismo. (<Ningún motivo, sin embargo, aun cuando sea grav1s1mo, puede hacer que lo que va intrínsecamente contra la Naturaleza sea ho– nesto y conforme a la misma Naturaleza, y estando destinado el acto conyugal, por su misma naturaleza, a la generación <le los hi– jos, los que en el ejercicio del mismo destruyen a drede <le su na-
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