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lica {le la crl'mación quC' a fines del siglo XIX ,e iba extendiendo por m1whos países, máxime al ser patrocinada principalniente por las Socie,lades masónica~. En el espacio de tres aí10~, d0Hle liHH a 1886, la Iglt'sia publicó tre~ D1~eretos sobre el particular. El primero fué el 27 {le ,cpticmbre de 188-L El vicario apostó– iico de Yizagapatau (de la India oriental) exponía a la Sagra-da Congrq!aeióu {k Propagan-da Fi<l<' <JUe allí, entre los 1wrtenecien– tes a la raza llamada raia¡wnt, existía la práctica ele la eremación. Suee{lía a vece~ que aquellos infieles podían ser bautizaclos a la hora -de la muerte. i; Qué debía haeer el misionero eu tales cin·1m,– tancia~·! ¿,Po{lría administrarles el bautismo, aun sabiendo fle an– temano r¡ue después de la muerte serían sometidos a la l'l't'maeióu? La Sagra,la Congregación respondió: «.!\o debes fle aprobar la cre– maeión, eino e01Hlúccte pasivan1cnte, adniinistrando siemprt· el han– tisHw, y procura instruir a los pueblos segú11 los -deseos que Tú expone;,)) ( 68). Do, años miis tarde, d 19 <le mayo <le 1BH6, la Congregación dd Santo Oficio publicaba el siguiente Decreto: ccl\o poLOS obis– pos y fieles, a,dvirtiendo cómo hombres o ,de mala fe, o a-dscritos a la masonería intentaban introducir el uso ,de los gn1tiles fle que– mar los c,Hláveres ... pe{lían a la Suprema CongrC'gación ilc la In– quisición que <leclarara : 1) ¿,Es lícito <lar el nombre a Sociedades cuyo fin es promovi'r el uso ,de la cremación {le cadáveres? :2) ¿Es lícito mandar que sus cuerpos o el <le otros sean quemados? Los eminentísimos y reverendísimos cardenales im1uisi{lorcs en las co– ;;as <le fe, {lespups fle '<'xaminaflas seria y nrncluramentc las ante– r iore;; <l tHlas y habiendo obtenido el voto <le los señores eonsulto- 1 e.s, han juzgado responder: A lo 1) l\egativamente, y si se trata <le Soeieda<les afiliadas a la secta -de la masonería, se incm-re en las penas <ladas contra esta última. A lo 2) Negatinimente. Y habiÍ'n– ,Jose ➔ia<lo cuenta <le esto al S1110. Sr. J\"uPstro d Papa Leóu XIII, Su Sautida<l aprobó y eonfirm<Í las resoluciones ifo los eminentí~i– mos Padres y man<ló que sean comnnieadas a lo~ Ordinarios del \68) G\SPA!IHI: Codicis Juris Cwwnici Fontes, vol. YII, pág. 505. nú– mero 4.90-L

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