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164 BERNARDINO DE ARMELLADA, OFMCAP. máximo engarce sacramental de su ministerio con la vida de los fie– les se tiene en la Eucaristía, que, al reunir a los fieles en la "kénosis" de Cristo bajo el signo de su entrega a la muerte, verifica el ser de la Iglesia peregrina y le da reciedumbre espiritual. En esta perspectiva aparece la Eucaristía como máximo instrumen– to eficaz en manos del sacerdote en orden a la consagración de los fieles en el "Corpus Mysticum". La potestad sacerdotal sobre el cuer– po físico (eucarístico) del Señor aúna así -a través de la Eucaris– tía- el servicio del mismo Señor y de sus ministros en orden a con– gregar, santificándola, la grey de los elegidos. Así es como el sacer– dote mismo se hace verdaderamente signo, sacramento del Señor Ahora quizás aparezca más clara la falta de lógica sobrenatural cuando se quieren buscar objetos distintos de potestad que justifi– quen la separación del orden y la jurisdicción en el ministerio cris– tiano. Recordemos la disociación que muchos teólogos establecían en– tre el poder sacramental sobre el Cuerpo eucarístico del Señor y el poder social o jurídico sobre el Cuerpo Místico o Iglesia. No se nie– gan estas potestades; pero se las reúne en una subordinación tan ín– tima que las hace se compenetren y condicionen mutuamente: Toda la acción sacramental -especialmente la celebración de la Eucaris– tía- se polariza hacia la unidad de la comunión en la Iglesia. Y la jurisdicción, que de por sí es solamente el acto de un superior diri– giéndose a aquellos a quienes puede mandar, en el sacerdote presu– pone una cualidad ontológica o carisma del Espíritu Santo que la in– troduce en el ámbito de lo sacramental. Por eso dice Ratzinger con razón que "la jurisdicción, en el ministerio eclesiástico, no debe con– siderarse como un poder distinto del sacramental, sino como el des– arrollo concreto de lo aplicado en el sacramento" y cuyo distinto al– cance -según la explicación de Lécuyer- dependería de la materia ,,obre la que se ejerce (39). Aunque se acaba de aludir a puntos muy interesantes, todos ellos susceptibles de desarrollo, terminamos ahora volviendo al aspecto de la teología del sacerdocio que se ha intentado poner de relieve: el de la función activa de la vida del obispo -sacerdote- en la eficacia de su ministerio. Sin poner en duda que es Cristo quien da valor a las acciones sacerdotales de sus ministros, se puede colegir de la doctri– na del Concilio Vaticano II que la actuación instrumental del sacer– dote únicamente será plena cuando empeñe de modo ejemplar toda su vida en la realidad salvadora que quiere comunicar. se supera así un concepto demasiado objetivizante del ministerio que, fundado en la indiscutible verdad del "ex opere operato" descuida el compromi– so de gracia personal que incluye para los ministros del Espíritu de santidad que vivifica a la Iglesia. (39) Cfr. J. RATZINGER, La colegialidad episcopal, en La Iglesia ,del Va– ticano II, p. 758; J. LÉCUYER, El episcopado como sacramento, ib. pp. 743-744. [16]

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