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R. p. MELCHIOR A Director Instituti 1. Derecho de seleccí'ó11. PoBLADURA, O. F. M. Cap., Historici Orclinis, scripsit: Es una verdad axiomática que toda sociedad tiene el derecho, que puede considerarse como inalienable, de escoger y seleccionar el personal que ha de componerla, e instruirlo por cuenta propia, con miras al desempeño y cumplimiento de los fines de la misma. La Iglesia Católica ha elegido siempre y formado lo~ ministros que deben continuar la misión que su divino fun– dador le confiara. Y el "Estado, estableciendo escuelas, insti– tutos y universidades, haciendo obligatoria la enseñanza y exigiendo a sus funcionarios aquella preparanon moral, intelectual y técnica o profesinnal que los fines ele la socie– dad civil exigen, no hace otra cosa que cumplir con uno de los postulados más elementales de todo buen gobierno. También las Ordenes Religiosas, parte integrante de la Iglesia de Jesucristo, se han preocupado en todo tiempo del sistema o método más apto y eficaz para proveer debida– mente al reclutamiento de sus miembros. Y así, con el fin de tc11ar las puertas del santuario a los indigno5: u inhábiles y abrirlas súlo a quienes juzguen dignost se instituyó el noviciado; pero ya antes las Ordenes m.onásticas, para que sus futuros rniembros se imbuyeran rnn mayor abnudanda y con más facilidad del espíritu propio de la sociedad (JUe un día los haría hmnbres perfectos, habian adoptado la institución dt• los Oblatos ( I), que pueden tonsidcrarst:: torno los pretursores de las 1notlernas Escudas Apostólita:;, de la ntisnia tnanera que las t'Scudas t'atedralidas o epis• túpales de la Edad l\Iedia son prn__ ursores de los senlinarios diocesanos tan sabian1ente organizados por el Concilio de Trento. Prro ¿ es justo y conveniente apoderarse de las almas en tan tierna edad, cuando no poseen los detnentos necesarios de juicio para lanz~rse con conoci~ 1niento de musa por los caminos de la vida? Ante todo, el hecho no constituye una excepción o novedad tn el desarrollo nom1al y vital de la convivencia (1) Véase la obra fundamental de J, N. SEIDL, Die Gott-Verlobung von Kin(ler... orler rle pueris oblatis, München. 1872. Concretándose a la Orden Franciscana, ha desarrollado el mismo tema L, ÜLIGER, Q,P.M.. De pueris oblatis in Orrline Minorum (cum textu hucusque inerlito Fr. Joannis Pe– elrnm), in Arch, Franc, Hist., 1915, L VIII, p. 389-447; Hil7, t. X, p. 271-288. I
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