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58 LA DI VINA PASTORA Y EL BTO. DIEGO J. DE C. tud del mismo Divino Espíritu y bajo del mismo precepto, que ninguno de dichos nuestros re ligiosos solicite, procure, pida , por sí o por otros, di– recte o indirecte, limosnas pecuniarias , alhajas u otras cosas equivalen tes , para la fábrica, construcción y ornato de dicha ... capilla o para su ve – nerable Hermandad, sea en conversaciones públicas o privadas, sugirien – do o exhortando o amonestando para ella . Y dado caso de que, motu pro– prio, los devotos traigan a nuestro convento limosnas pecuniarias, alha – jas, prendas, etc., para dicha fábrica y coristrucción. o para la venerable Hermandad de dicha obra, en ninguna manera se admitan , sino luego se remitan por los mismos a dicha venerable Hermandad, para que a todos conste como , en efecto , no nos comprometemos en los intereses y régimen de dicha obra y venerable Hermandad. Y no por eso entendemos prohibir el que, en los sermones y pláticas públicas, se amoneste , exhorte y enfervo– rice al pueblo al más intenso fervor , fervorosa devoción y culto de 11u t's lrc1 .Señora , bajo el título de Divina Pastora; antes sí , como este culto . celo y de voción sea el que más reine en nues·tros corazones , queremos, y es nuestra voluntad, que en los sermones y pláticas , que se tuvieren en dicho nuestro convenio o fuera de él , con el asun·to de Pastora se amoneste , exhorte y l'n – fervorice al pueblo con la mayor eficacia y elogio a tan singular devoción y culto. Y para esto mandamos que, si la dicha venerab le Hermandad quisiera tener la novena de dicha Divina Pastora en dicho nuestro conven to, la pre– dique con el mayor fervor y celo el padre fray Juan Evangelista de Sevilla . lector de teología de dicho nuestro conve1110 , y en adelante quien nuestro muy reverendo padre provincial , pro tempore exis/ens, juzgare más apto para dicho ministerio. dando con tiempo élviso el reverendo padre guardián de Cádiz. «Y porque en el estandarte o g·uión, que procesionalmente se saca en el Rosario de dicho nuestro convento de Cádiz, estaba y siempre ha estado el retrato de nuestra Señora de la Inmaculada Concepción, y auctoritate arroga/a et inconsulta, se ha quitado y pues.to el de la Divina Pastora , y en dicho Rosario se pide limosna pecuniaria para la fábrica y construcción de la capilla o Hermandad: - Dor tanto, con -las mismas interminaciones y conminaciones , mandamos que, quitado de dicho guión y estandarte el re– trató de la Divina Pastora, y puesto , como antes , el de la Concepción Duri– síma , no se pidan por algún hermano de dicha Hermandad, ni por otro al – guno , limosnas pecuniarias en la procesión de dicho Rosario ni en otro acto de misiones , a que es destinado dicho estandarte. Ni menos se permi – ta a dicha Hermandad que tenga mesa ni cepos para pedir limosnas en o ante la puerta de dicho nuestro convento ,. porque nunca se entienda que corre la obra de dicha fábrica por nuestros religiosos, no obstante que, sin este respecto , fueran tolerables dichos cepos o mesas ... •Y porque ninguno de los religiosos de dicho nuestro convento de Cá– diz pueda alegar ignorancia de la más exacta observación y cumplimiento de los sobredichos nuestros mandatos y decretos; y para que con más li– bertad se pueda proceder contra los transgresores, de cualquier. grado que sean , prelado o súbdito , mandamos que de todo se envíe traslado, en for– nrn que haga fe , al reverendo padre g·uardián de dicho nuestro convento de Cádiz, y que éste lo hag·a publicar e intimar a todos nuestros religiosos , capitulariter cong-regados, y que, de haberlo hecho así y cumplido , mande

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