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714 LA DIVINA PASTOl?A Y EL BTO. DIEGO J. DE C. La nueva indulgencia dió fama universal al tríduo de la Divina Pasto– ra e hizo volar la devoción a miles y miles de iglesias de la mayoría de los firmantes que la propagaban con entusiasmo en sus países (1). Este gran movimiento, registrado durante cinco lustros, tart ventajoso y progresivo para la devoción por emanar de la ciudad eterna, destinado a implantar la fiesta litúrgica de la Divina Pastora en la iglesia univers-:11, que tuvo su eco en la parroquia de Patries y en muchos otros lugares debió tener un alma diligente y amorosa que lo iniciara, ün promotor 01e supiera darle impulso y sostenerlo con sus afanes, y todo esto fué el ra– dre Eugenio de Potríes, tan humilde, que veló su nombre con el anónimo y sólo ahora resplandece con sus propios méritos y figurará en lo futuro como uno de los más intrépidos apóstoles de la Divina Pastora y, quizá sin pretenderlo, el cuarto historiador de la devoción, porque con su libro nos ha legado las importantes noticias que forman el material de es~e capítulo. fideles omnes utriusque sexus, qui in honorem Beacae Marlae Virginis, Divini Pastoris Ma– tris, crihus continuis diebus voc_ales preces fud erint quae sibi magis libuerint, dummodc ta– men ínter lilas sint quae in honorem Deiparae recitare solent et extent in lib~o cuí titulus: RACCOLTA DI ORAZ[ON[ E P[E OP"RE, PER LE QUALI SONO STATE CONCEDUTE DA! SoMM! PoNTEFI□ LE SANTE INDULGENZE, OPERA 01 MONS. P1uNZIVALLI. Atque interea, eosdem dies, suoÍ-um peccato– rum sacramentalem confessionem peregerint et ad sacrum Synaxim accesserint, indulgentiam plenariam per modum suffragii etiam in levamen animarum in Purgatorio degentium a¡:,pli– candam consequ! valeant semel tantum in anno. Praesenti indulto in perpetuum valicuro absque ulla Brevis expeditione, contrariís non obstantibus quibuscumque. Die 4 mai 1365. C. Ep. Port. et S- Rufinae Caed. Patrizii S. R. C, Praef. - D. Bartolini S. R. C. Secretarius. Ib., p. 107. 1. Seg_ún el decreto de la S. Penitenciaría, 31 de diciembre de 1937, la indulgencia de l tri– duo está abolida por no hallarse en el catálogo formado por ella. Desearíamos que se pidiera a la S. S. su restablecimiento, para lo que pueden aducirse los antecedentes, la utilidad de los fieles y la conveniencia de que la advocación de la Divina Pastora, universalmente extencida, goce de un privilegio que ostentan otras muchas advocaciones. ·
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