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600 LA ,DIVINA PAS'Í'Ol?A Y BL. BTO. DI1".GO J. DE C ~ asunto particular que se referirá , se leyó la concordia, que en el ·año de mil setecientos cincuenta y seis fué otorgada con la reverenda comunidad de reverendos padres capuchinos del convento de las santas Justa y Rufi – na, extramuros de esta ciudad , cuyo contenido se reduce -en lo principal a que, habiendo sido erig·ida y fundada esta Herm.andad por el venerable pa – dre Isidoro de Sevilla, misionero apostólico, de gloriosa memoria, con – ventual del propio, y dónde acabó su mortal carrera con la fama de s:.is virtudes, que aún se conserva, en el día siete de noviembre del año de mil setecientos y cincuenta; y queriendo continuar en los fines , que se propuso el venerable fundador en tan piadosa institución , bajo la dirección de la mencionada ejemplarísima comunidad , en cuanto corresponde al gobierno espiritual , predicación apostólica en las novenas anuales y estaciones, que acostumbraba hacer con el santo Rosario, en las tardes de los do– mingos, a los sitios y plazas más públicas, y también en otros días festi– vos, según lo practicaba el venerable padre para atraer a los fieles a la reforma de costumbres y devoción a la Santísima Virgen en el tierno y amoroso traje de Pastora de las almas, acordó la Hernian dad. entre otras cosas, se nombrara un protector espiritual, que siempre había de ser reli– g,ioso de dicha conventualidad, o bien de la provincia , el que pareciera más digno y cond ecorado , cuyo nombramiento recayó en el muy reverendo ¡;a– dre fray Miguel de Zalamea, guardián que era entonces de este conven :o, quien lo aceptó con la anuencia y beneplácito del muy reverendo pa dre provincial y definitorio; y aprobada la citada concordia por los mismos ... , a que se agrega la confirmación que , en seis de mayo de mil ochocientos, hizo el reverendo padre fray Nicolás de Bustillo , vicario (sic) general, mandan– do a todos los prelados locales que, por ti empo fueren de este conven to , la observaran e hicieran observar, sin la menor alteración, y por otro man– dato del mismo reverendísimo padre, expedido en catorce del mes de julio del precitado año, añadió que , siempre y cuando la Hermandad sacara en procesión la imagen de su sobe'.·ana titular, asistiera incorporada con aquella la religiosa comunidad , para edificación del pueblo: Movido del propio impulso el reverendo padre fray Justo de Madrid, actual vicario ge– neral,. y a instancias de la Hermandad que le dirigió en siete de jt.:lio último del corriente año de la fecha (sic) , se dignó contestar , en veinte del mismo mes, mandando c¡ue concurriese el noviciado con la reverenda comunidad a la procesión, como lo había practicado en otras ocasiones, hasta tanto que sus sucesores con justas causas que ocurrieran tuviesen a bien sus– pender o renovar la expresada _gracia: En esta atención y a consecuen::ia del relato de tales circunstancias, habiéndose pasado a manifestar el deseo que animaba a !a junta de gobierno de promover más y más el culto de la Santísima Virgen y el bien espiritual de las almas , suscitando el fervorcso celo de nuestro venerable fundador , y radicar el espíritu de la concordia en la mejor armonía y recíproca confraternidad con la religiosa comunicad de capuchinos, para su cumplimiento, siendo uno de los artículos el ya citado nombramiento de protector espiritual , que desde el efectuado en el r-everendo padre fray Miguel de Zalamea , no se había vuelto a renovar en otros sucesivamente (1), debiéndose ahora verificar, mediante hallarse la 1. No consta en el l. de actas el nombramiento del P. Felipe de Arda les, pero sí en los documeqtos de la Hermand ad, como puede verse en el de la p. 594.

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