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LOS PP. GENERALES DE LA O. CAP. Y LA PRIMITIVA HDAD. DE LA PASTORA /593 la ocasión de estar eti Sevilla el padre Bustillo, acordaron j)tesenfarle'lcí siguiente solicit-ud (1): ~Excelentísimo y reverendísimo padre general de los capuchinos - Excelentísimo señor: La Hermandad de la Divina Pastora, fundada por el reverendo y venerable padre fray Isidoro de Sevilla, sita en la iglesia pa– rroquial de santa Marina de esta ciudad, representada en su hermano ma– yor, el suplicante, expone a vuestra excelencia reverendísima, que en vista de los fuertes vínculos con que está unida dicha Hermandad con lá muy revere1~da comunidad de los capuchinos de esta ciudad, como lo acredita la concordia antecedente, y por decreto de los muy reverendos padres pro– vinciales de_tan ejemplar provincia, siendo el último el dado por el muy reverendo padre provincial, que actualmente la rige; para que con más fuerza se corrobore y establezca la permanencia perpetua en gloriél de nuestra Santísima Madre, Pastora de nuestras almas, y edificación de este pueblo: suplica, con la mayor veneración, q-ue por sus letras superiores autoric2, corrobore y perpetúe cuanto contiene esta concordia sin que nin– guno d2 los superiores locales pueda a su arbitrio alterarla eón pretexto alguno, de donde la Hermandad, honorificada con setpeiante gracia de vuestra excelencia reverendísima, será un monumento que perpetúe en su archivo, c::imo fruto del mayor aprecio a ia memoria de nuestro venerable y reverendo fundador. Así lo espera del celo y justificación de vuestra ex– celencia reverendísima, por quien dirige sus votos al Señor y a su Santísi,– ma Madre, nuestra dulce Pastora, para que a vuestra excelencia reveren– dísima le guarde muchos años.-Sevilla, 6 de mayo de 1800.-Luis Domin– go Salvatierr, mayaordomo. - AI excelentísimo padre fray Nicolás de Bus– tillo, ministro general de todo el Orden de menores capuchinos de nuestro seráfico padre san Francisco ». · La contestación del reverend[simo padre fué así: «A la ilustre y venerable Hermandad de la Divina Pastora, sita ert la parroquia de santa Marina de esta ciudad de Sevilla.-Vista la pefkión antecedente, y reflexionándola muy conforme a lo establecido y concorda – do entre la dicha Hermandad y el muy reverendo padre provincial fray: Carlos de Ardales con su reverendo definitorio , en el día catorce de julié del año de mil setecientos cincuenta y seis, confirmada asímismó pór' el actual muy reverendo padre provincial, fray Juan Bautista de Cabr-a, en el día veinte y nueve de agosto de mil setecientos noventa y siete, la aproba– mos, seg·ún y como es propio de nuestra facultad g·eneral, dando nueva fuerza a los particulares contenidos en la expresada concordia , y recib idds nuevamenre entre las dos respectivas comunidades, mandando al superior local, que por tiempo fuere, que observe y haga observar los varios puntos componentes de la dicha concordia, sin que . le dé arbitrio alguno para. innovar o alterar cosa alg·una de las que recíprocamente se hallan admití .:. das . Dado, y refrendado por nuestro infrascripto secretario, en este imes- 1. L~s o~iginales de las cartas, decretos y MEMORANDUM, que se copian en éste y en el si– guiente caplulo se conservan en el arcb. de la primitiva Hermandad de la Divina PaEtora, Sevilla, Leg. CoNCORDIA,- Véase p. 431 de este libro. 7¡;

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